El nuevo recargo a la banca y a las empresas energéticas que plantea el Gobierno de España amenaza con abrir un choque competencial con la Hacienda navarra. La reforma, que actualmente tramita el Congreso, plantea un nuevo tributo a los ingresos extraordinarios de los sectores bancario y energético con el objetivo de financiar las ayudas frente a la inflación. Sin embargo, no se ha presentado como un nuevo impuesto, sino como una “prestación patrimonial pública no tributaria”, lo que permite al Estado gestionarlo directamente sin necesidad de conveniarlo previamente con el Gobierno de Navarra a través del Convenio Económico, como ocurre con todos los impuestos de nueva creación.

De momento, la Hacienda Foral opta por el silencio y rechaza entrar en valoraciones a la espera de que se concrete el texto definitivo. La ley está todavía en trámite y podría sufrir cambios importantes durante el proceso en el Congreso que eviten la invasión competencial en los términos en los que se ha planteado inicialmente.

El documento ha sido elaborado por el Ministerio de Hacienda, pero lo han registrado en el Congreso PSOE y Podemos, que ahora necesitan el apoyo o bien del PP o bien de los socios de investidura. Y todos van a poner condiciones para garantizar su aprobación. “Esta propuesta vacía de contenido tanto con el Concierto Económico vasco como con el Convenio navarro e impide que las haciendas forales puedan recaudar un solo euro de lo gravado a las empresas de estos sectores”, ha advertido el PNV, que ha reclamado al Gobierno central que no ignore el marco jurídico y garantice la excepcionalidad foral.

Las claves del nuevo impuesto

El recargo fiscal a los bancos y a las energéticas es una de las medidas avanzadas por Pedro Sánchez en el último Debate sobre el estado de la Nación. El Gobierno central prevé recaudar con el 7.000 millones en dos años con los que financiar las medidas y ayudas para hacer frente al aumento la inflación y del coste de la energía. Tanto el sector bancario como el energético han multiplicado sus beneficios y dividendos en los últimos meses.

El objetivo es aprobar la reforma este otoño para que el impuesto pueda entrar en vigor ya en enero. La medida ha encontrado la oposición previsible de las empresas afectadas, que han anunciado medidas judiciales por lo que consideran una doble imposición, ya que los beneficios ya tributan en el Impuesto de Sociedades. En este escenario, y con el objetivo de blindar el nuevo impuesto ante posibles recursos, el Ministerio de Hacienda ha optado por una nueva fórmula fiscal extraordinaria que ha denominado “prestación patrimonial pública no tributaria”.

El problema es que esta vía choca frontalmente con las haciendas forales, que tienen asumida la gestión tributaria incluso en aquellos impuestos que son competencia estatal. Según el Convenio Económico, la ley que regula la autonomía financiera de Navarra, en el caso de que se produzca una reforma en la normativa tributaria del Estado ésta se debe adaptar de común acuerdo por parte de ambas administraciones .

Así ha ocurrido recientemente con el Impuesto de Residuos y con las tasas Google y Tobin. En ambos casos el Parlamento ha tenido que reformar el Convenio previo acuerdo en la Comisión Coordinadora Navarra-Estado, primero, y en la Negociadora después. Se ha hecho además con cierta polémica política por los términos en los se había cerrado el acuerdo. Navarra está gestionando el impuesto pero en los términos fijados por el Estado.

Con el nuevo impuesto se abre ahora un incierto escenario tributario, en la medida en que las empresas afectadas, que ya pagan sus respectivos impuestos por cifra relativa en las haciendas forales, deberán hacer una aportación diferenciada a la Hacienda estatal. Pero también competencial, lo que puede suponer un peligroso precedente para el régimen foral si finalmente el proyecto de ley sale adelante en los términos en los que se ha planteado. l

Otros conflictos - Recursos al Constitucional

Otras tres leyes: Además del posible conflicto competencial con el nuevo impuesto a la banca y a las compañías energéticas, el Estado tiene abiertos otras dos disputas con la Comunidad Foral. Se trata de la Ley de Contratos Públicos y de la Ley de Cambio Climático. En la primera había discrepancias en torno a 14 apartados, de los que se han acordado 10.

El Gobierno central ha elevado los cuatro restantes al Tribunal Constitucional por considerarlos una invasión en la legislación básica del Estado. También hay discrepancias respecto a 13 artículos de la Ley de Cambio Climático. Aspectos que debate ahora la Junta de Cooperación Navarra-Estado en busca de un acuerdo de interpretación o corrección de la ley. En caso contrario, el Estado llevará la ley al Tribunal Constitucional.

El Gobierno central también cuestiona uno de los artículos (el 17º) del decreto de medidas urgentes para hacer frente a la guerra de Ucrania, igualmente en proceso de revisión

Las claves del impuesto

  • La ley. Se crean los dos nuevos impuestos para los sectores bancario y energético para financiar las ayudas frente a la inflación.
  • Vía excepcional. No son un impuesto al uso, sino una “prestación patrimonial pública no tributaria”, por lo que son competencia del Ministerio, que lo recauda en exclusiva.
  • El impuesto. No se gravarán los beneficios, sino los ingresos de las grandes compañías energéticas (eléctricas, gasistas y petroleras) y bancos por su negocio en España. Se aplicará un tipo del 1,2% a las compañías energéticas y el 4,8% a los bancos.
  • Gravamen temporal. Se aplicará durante dos años (2023 y 2024) respecto a los resultados de 2022 y 2023. A las energéticas se les gravará sobre el importe neto de la cifra de negocios y a los bancos por la suma de los intereses y las comisiones netas.
  • Sanciones. La norma prohíbe trasladar estos costes a los clientes. Quienes lo hagan tendrán una sanción del 150% sobre las cantidades cobradas. Se considerará una infracción “muy grave”.