La Sala Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella formulada por el partido político VOX contra la presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite, por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias y organización criminal, en relación a la adjudicación de varios contratos públicos. En un auto, el tribunal señala que la querella no describe actos concretos atribuibles a Chivite que permitan sostener, siquiera indiciariamente, que emitiera directrices encaminadas a alterar procedimientos de contratación pública, que interviniese de forma directa o mediata en la valoración de ofertas, o en la composición de las mesas de contratación, o en la resolución de expedientes.

 “Ni se presentan –añade el tribunal—marcadores de que pudiera haberse beneficiado de dádivas, promesas, contraprestaciones, ventajas o beneficios vinculados causalmente a una actuación administrativa que le correspondiera ni, en definitiva, que exista un nexo objetivo entre su conducta y los delitos denunciados de cohecho, tráfico de influencias u otros”.

La querella de VOX se dirigió contra Chivite, que es aforada ante el Supremo de acuerdo a la Ley de Amejoramiento, y contra Santos Cerdán, Koldo García, Fernando Agustín Merino, Pedro López Vera, Jesús Polo Soria y los funcionarios que hubiesen participado en la licitación de los contratos públicos relacionados en la querella. Según ésta, los querellantes podrían haberse concertado para que determinadas empresas resultarán favorecidas en la adjudicación.

El alto tribunal destaca que la querella se basa, no en documentos o elementos probatorios que haya aportado el querellante, sino en algunos extremos de un informe de la UCO entregado al magistrado del Supremo Leopoldo Puente, que instruye la causa contra el exministro José Luis Ábalos y otras personas.

Las adjudicaciones de contratos públicos que se refieren en la querella de VOX son la concesión administrativa y obra de la Mina Muga, para explotación de un yacimiento de potasa, en Sangüesa; la adecuación de los lotes 4 y 5 del pabellón Navarra Arena en Pamplona; la concesión de un contrato de derribos y adecuación en la plaza de Los Fueros de Milagro y el Proyecto panadero de Eugi en Huarte.

 Los magistrados señalan que la querella vincula a Chivite con los contratos únicamente por su condición de presidenta del Gobierno navarro así como por haber mantenido, según ellos, cuatro reuniones con Antxón Alonso Egurrola entre 2020 y 2021 y tener una gran relación personal y profesional con Santos Cerdán, quienes detentarían el capital social de la empresa adjudicataria Servinabar.

El auto indica que los elementos invocados “carecen de concreción, individualización y soporte objetivo bastante, quedando anclados en un plano de sospecha genérica derivado de ostentar una posición institucional de máxima responsabilidad en la Comunidad Foral y de haber tenido una relación personal y profesional más o menos intensa con dos de los querellados, lo que no equivale necesariamente a haber participado o influido en adjudicaciones eventualmente irregulares que les hayan favorecido”.

 Conforme a ello, la Sala acuerda la inadmisión y archivo de la querella, “sin perjuicio de que los hechos, en cuanto pudieran referirse a personas no aforadas y a actuaciones administrativas susceptibles de depuración penal, puedan suscitar su denuncia ante el órgano judicial territorialmente competente y ser investigados conforme a las reglas ordinarias de competencia”.