El fiscal plantea que el ‘caso Molino’ siga en vía administrativa
No aprecia delito en las conductas de los tres monitores investigados y pide el archivo de las actuaciones judiciales Sí ve desproporcionadas o insensibles las medidas disciplinarias que aplicaban
pamplona - El Ministerio Fiscal ha solicitado al juzgado que investiga posibles malas prácticas por parte de tres monitores en el centro ocupacional para personas con discapacidad El Molino de Pamplona que archive el caso porque considera que no serían constitutivos de delito y propone que el procedimiento siga tramitándose por vía administrativa. La Fiscalía estima procedente que en el caso de que dichos comportamientos se demuestren como ciertos sean sancionados como infracciones “muy graves” conforme a la Ley Foral de Servicios Sociales.
Según el informe que la Fiscalía ha trasladado al titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Pamplona, los hechos descritos por el Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Navarra incluyen una serie de comportamientos que denotarían un “trato inadecuado” por parte de algunos de los monitores del centro ocupacional El Molino respecto de los usuarios de éste. No obstante, el Ministerio Fiscal estima como “más adecuado” que las eventuales sanciones que en su caso hubiese que adoptar sean de tipo administrativo y no penal.
Para argumentarlo, el fiscal expone en primer lugar que las conductas denunciadas no revisten los caracteres propios de un ilícito penal (por ejemplo, delitos de trato degradante o coacciones) y ello “porque no se aprecia en el comportamiento de los monitores denunciados el dolo característico de estas figuras penales, que es el deseo persistente de vejar o humillar a la víctima”.
En ese sentido, la tónica general que se detecta en algunos de los testimonios reunidos en el informe del Departamento de Derechos Sociales Gobierno de Navarra es, a juicio del fiscal, la existencia de “actuaciones desproporcionadas o insensibles en el ejercicio del derecho de corrección o, dicho de otra manera, se trata de actuaciones disciplinarias llevadas a cabo por un monitor de forma inadecuada o desmedida en unos casos, o con una muy escasa sensibilidad hacia la minusvalía psíquica del alumno del centro en otros casos”.
En segundo lugar, el fiscal aduce “el principio de intervención mínima”, conforme al cual la sanción penal debe ser la última “ratio” y “no debe ser aplicada cuando puede restablecerse el orden jurídico violado, mediante la adopción de sanciones menos gravosas”.
En tercer lugar, el Ministerio Fiscal entiende que “la apertura de un juicio oral por los hechos denunciados exigiría, ineludiblemente, la toma de declaración en calidad de testigos a varios usuarios o alumnos” del centro ocupacional El Molino, “algunos de los cuales padecen graves deficiencias psíquicas, y “es claro que el sometimiento de los mismos a un proceso contradictorio, con sus característicos interrogatorios cruzados, y con la confrontación de unos alumnos contra otros podría resultar perjudicial para su evolución posterior”. - J.M.S.
Castigos inapropiados. El informe del Gobierno foral habla de conductas repetitivas, castigos inapropiados y excesos verbales e incluso físicos que se vienen observando desde hace tiempo.
Quejas de las familias. Fue confeccionado después de una reunión con varios padres y madres de usuarios del centro en el que se quejaban de castigos desproporcionados por parte de monitores a sus hijos.
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