El Gobierno español "clarifica" que las parejas lesbianas podrán inscribir a sus hijos en los hospitales sin estar casadas
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha aprobado una instrucción para ello
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha aprobado una instrucción que permitirá a las parejas de lesbianasinscribir a sus hijos en el hospital sin necesidad de que estén casadas.
El texto, al que ha tenido acceso EFE, pretende "clarificar" las cuestiones de interpretación que han surgido tras la entrada en vigor de la ley trans que modificó el artículo 44 de la ley del Registro Civil y eliminó el requisito de matrimonio que se exigía para poder inscribir la filiación respecto de dos mujeres del hijo nacido de una de ellas.
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Quiere evitar así dudas de interpretación
Señala que, a pesar de esta modificación, la ley de técnicas de reproducción humana asistida mantiene el contenido de la redacción anterior que solo prevé la filiación matrimonial respecto de dos mujeres. Esto -indica Justicia- podría plantear alguna duda de interpretación.
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Por eso la instrucción -que se publica este sábado en el BOE- detalla que la firma del formulario por el progenitor no gestante en la comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios, implica reconocimiento de la filiación. Y deja sin efecto cualquier mención de la instrucción anterior (de 2015) sobre comunicación electrónica de nacimientos desde centros sanitarios que resulte contraria a la legislación vigente.
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