Los obispos recuerdan que la libertad religiosa es un derecho fundamental tras el veto de Jumilla
La Conferencia Episcopal Española recuerda que la Constitución "garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades"
Losobispos españoles se han unido este jueves a la postura de la Comisión Islámica de España, que ha pedido a los poderes públicos que garanticen el derecho a la libertad religiosa, tras la moción aprobada por el Ayuntamiento de Jumilla que pide al Gobierno local prohibir en instalaciones deportivas cualquier actividad ajena a las mismas.
"Las manifestaciones religiosas públicas, entendidas como libertad de culto, están amparadas por el derecho a la libertad religiosa, un derecho humano fundamental protegido por la Constitución española en su artículo 16.1: "Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley", han señalado a Europa Press fuentes de la Conferencia Episcopal Española (CEE).
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Prohíbe las celebraciones musulmanas en instalaciones deportivas
El Ayuntamiento de Jumilla ha aprobado una moción, fruto de una transaccional del PP a un texto de Vox, que finalmente contó con el apoyo de los 'populares' y la abstención de los de Abascal, que pide prohibir todo tipo de actividades ajenas a las deportivas en estas instalaciones. Se da la circunstancia de que en ellas han tenido lugar en el pasado celebraciones musulmanas, con el fin del Ramadán o la Fiesta del Cordero en el pasado. En un punto previo de la moción, se insta al Gobierno municipal a promover actividades, campañas y propuestas culturales que defiendan la identidad española y protejan los valores y manifestaciones religiosos en España.
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En este sentido, los prelados españoles avisan de que la única intervención posible por parte de las autoridades públicas es la perturbación del orden público que estas celebraciones puedan causar. En todo caso, precisan que esto debe ser valorado con objetividad por especialistas y con criterios técnicos para que no responda a una decisión "arbitraria o ideológica". "Las restricciones, si buscan proteger el bien común, se deben extender a cualquier tipo de manifestación que se realice en espacios públicos y no solo a las religiosas", añaden.
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Del mismo modo, subrayan que la Declaración de los Derechos Humanos, en su artículo 18 afirma que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".
"La limitación de estos derechos atenta contra los derechos fundamentales de cualquier ser humano, y no afecta solo a un grupo religioso, sino a todas las confesiones religiosas y también a los no creyentes. Hacer estás restricciones por motivos religiosos es una discriminación que no puede darse en sociedades democráticas", concluyen.
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