El incidente podía haber pasado como una trifulca propia de una noche de fin de semana sin que llegara a mayores consecuencias. Pero, en lugar de ello, este joven, vecino de Tudela y natural de la República Dominicana, decidió en lugar de que la refriega se desinflara, regresar a su domicilio a por un machete y de esta forma continuar el enfrentamiento. Ahora, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, le ha confirmado una condena de dos años y medio de prisión, pena que le será sustituida por la expulsión del territorio nacional durante seis años como autor de un delito de lesiones con instrumento peligroso después de que hiriera a dos jóvenes, a uno en la rodilla y a otro en el dedo, a los que provocó cortes con el machete. Deberá indemnizar a uno de ellos con 2.650 euros por lesiones y secuelas y al otro con 500 euros por las lesiones.

La primera sentencia fue dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Pamplona y la defensa del procesado decidió recurrirla, alegando que no tenía intención de hacerles daño, sino de asustarlos para que le dejaran de molestar, y que existía previamente una agresión ilegítima del denunciante. Y, durante la última palabra, alegó que uno de los heridos era una persona que le acosaba desde que tenían 14 años. Sin embargo, la Audiencia desestima esas alegaciones.

Incidente previo con los heridos

La pelea se produjo sobre las 3.00 horas del día 7 de agosto de 2022 en la plaza Sancho el Fuerte de Tudela, donde el procesado tuvo un incidente previo con los posteriormente heridos. Así, el acusado se marchó del lugar y regresó minutos después portando un machete, con el que acometió primero a uno de los otros jóvenes. En el forcejeo que se produjo le hirió en la rodilla, donde le tuvieron que aplicar cinco puntos de sutura y tardó en curar 17 días de la lesión. Por su parte, otro amigo de esta víctima intervino con la finalidad de quitarle el machete y evitar que alcanzase a su amigo. Así, con el filo del arma blanca, le causó una herida en el dedo anular de la mano izquierda y le tuvieron que aplicar puntos de sutura y le causó 13 días de perjuicio personal moderado.

En la sentencia se refleja que sobre la invocada legítima defensa que realizaba la defensa "la discusión previa no justifica la reacción posterior, no consta que se golpearan, ni que el acusado resultara lesionado, ni nada similar, por lo que la agresión previa como tal no queda probada. Tampoco hay inmediatez en la reacción, porque hubo un lapso temporal entre ambos incidentes, lo que descarta la necesidad de defensa y más todavía de proporcionalidad del medio empleado, el cuchillo con el que se causaron las lesiones".

La Audiencia ratifica que "en ningún caso podemos concluir que haya quedado probada una agresión ilegítima por parte del acusado, que pueda permitir apreciar la legítima defensa, hallándonos, en el mejor de los supuestos, dada la falta de prueba de esa agresión ilegítima, ante una situación de riña mutuamente aceptada".