Condenado a 3 años de prisión por agresión sexual en Pamplona a una compañera de trabajo
El acusado, de 56 años, ha aceptado los hechos ocurridos en un edificio público del Gobierno de Navarra cuando hacían labores de limpieza en marzo de 2023
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad a tres años de prisión a un vecino de Pamplona de 56 años, Agustín G.T., por haber agredido sexualmente a una compañera de trabajo mientras realizaban labores de limpieza en un edificio público. El acusado aceptó el acuerdo en el que se le reconocen las atenuantes de toxicomanía y alcohol y de reparación del daño, al haber indemnizado a la víctima con 15.000 euros por los daños causados. La Fiscalía y la acusación particular proponían de inicio hasta ocho años de prisión pero mostraron su conformidad con los hechos reconocidos para evitar el juicio, que finalmente no fue necesario que se celebrara.
Según el relato acusatorio, el procesado era compañero de trabajo de la víctima en una empresa de limpiezas y en alguna ocasión coincidió con ella en dependencias públicas donde realizaban dichas labores. El acusado se encargaba de limpiar de vez en cuando los cristales de un edificio que era el lugar habitual de trabajo de la mujer.
El dia 15 de marzo del 2023 sobre las 16.00 horas el procesado llegó a dichas oficinas para realizar sus labores de limpieza y ella le abrió las puertas. Sobre las 17.30 horas, cuando ella salía de limpiar el baño de señoras, el procesado le salió al paso, e impidiéndole irse, le dijo “déjame que te toque las tetas”, a la vez que le efectuaba tocamientos pese a la oposición de la mujer.
Una vez pudo irse a una sala contigua, apareció de nuevo el procesado quien se bajó el pantalón y le obligó a ella, agarrándole con fuerza, a tocarle el pene. La víctima tiene una discapacidad del 52% de carácter psicológico.
Solicita no ingresar en prisión por sus informes médicos
La defensa del acusado solicitó que se suspendiera el ingreso en prisión del mismo debido a la afección mental que presenta derivada del consumo de alcohol y cannabis. Para acreditar tal hecho presentó una citación médica, manifestó que el procesado tiene una actividad laboral y que el hecho de ser encarcelado para cumplir la pena impuesta supondría “un trastoque total en su vida”. Por contra, tanto el Ministerio Público como la acusación particular consideraron que lo oportuno para conocer el estado del acusado sería que se le derivara a una evaluación en el médico forense y que a partir de ahí la Sala tomara la decisión sobre si se le suspendía la pena de prisión
La sentencia también impone al acusado cinco años de alejamiento y de prohibición de comunicación con la víctima y seis años de libertad vigilada. Además, también tendrá que estar alejado cinco años por tiempo superior a la pena de prisión que le fue impuesta de cualquier actividad u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad.
Temas
Más en Sucesos
-
Detenidas cuatro personas por cometer 36 hurtos en supermercados, varios de ellos en Navarra
-
Localizada en buen estado la joven de 25 años desaparecida en Haro (LaRioja)
-
Herido grave un bebé de un mes durante la verbena de San Juan en un municipio de Barcelona
-
Un interno detenido por el incendio que ha causado la muerte de una paciente en el hospital La Fe de València