Condenado por atropellar a una mujer que circulaba en patinete en Berriozar
El conductor deberá indemnizar con casi 9.600 euros a la víctima por las lesiones y daños causados
El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a un conductor como autor de un delito de lesiones por imprudencia menos grave por el atropello de una mujer que circulaba en patinete eléctrico en Berriozar y que sufrió diversas lesiones.
Los hechos ocurrieron el pasado 28 de octubre de 2023 sobre las 21.48 horas en la avenida de Guipúzcoa número 59, cuando el conductor no respetó el ceda el paso y atravesó un paso prioritario habilitado para conductores de patinetes eléctricos, de modo que colisionó contra la mujer, de 34 años y representada por el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, que pilotaba el patinete.
Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió policontusiones que requirieron tratamiento médico y tardaron en curar 116 días. Durante este período, la mujer experimentó un perjuicio personal moderado, y necesitó tratamiento con analgésicos y, posteriormente, 30 sesiones de rehabilitación que se extendieron desde el 26 de diciembre de 2023 hasta el 20 de febrero de 2024.
Traumatismo múltiple
Según el informe médico forense, la víctima sufrió traumatismo múltiple y presentó dolores en el hombro izquierdo, parrilla costal, codo y cadera izquierda. Durante su recuperación, tuvo el brazo inmovilizado y precisó ayuda de terceros para el cuidado de sus hijos menores.
El acusado mostró su conformidad con la calificación penal, aceptando su responsabilidad en los hechos y, tras el acuerdo alcanzado por las partes, la jueza le ha impuesto una pena de un mes de multa de 180 euros y la privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotor durante un periodo de 3 meses.
En cuanto a la responsabilidad civil, la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado al acusado y a la compañía aseguradora a indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima con un total de 9.580,46 euros por las lesiones sufridas durante los 116 días de perjuicio personal moderado y los daños materiales y gastos asociados.
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