La juez del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza de R.B., de 43 años, por haber acuchillado a su expareja y la madre de esta en un edificio del barrio pamplonés de la Rochapea. El hombre se escondió en el rellano hasta la llegada de la víctima, de 36, a la que propinó múltiples navajazos.

La juez imputa al imputado, de nacionalidad rumana, al igual que las víctimas, delitos de homicidio en grado de tentativa, maltrato habitual y lesiones, este último por las lesioens producidas a su exsuegra.

En la comparecencia celebrada ayer, el Ministerio Fiscal ha solicitado el ingreso en prisión provisional del imputado, petición a la que se ha adherido la acusación particular, mientras que la defensa pidió la libertad provisional sin fianza.

El imputado y la denunciante comenzaron una relación sentimental en el verano del año 2018, fruto de la cual nació el hijo que tienen en común de un año de edad, y que finalizó en marzo del presente año. 

El miércoles, sobre las 21.00 horas, R.B. acudió al portal donde víva la madre de su expareja, que sabía que estaba en el interior porque escuchó su voz desde el exterior. “Una vez dentro del portal, subió al primer piso y se escondió detrás del ascensor”, relata la juez en el auto de prisión.

Sobre las 21.30 horas, la mujer salió del domicilio en el que reside su madre, su tío y una amiga del mismo, acompañada por su bebé el cual portaba en un carrito. Al salir del domicilio, encendió la luz del portal y llamó al ascensor, momento en el cual apareció R.B. y, sin mediar palabra, se dirigió a ella portando una navaja, con la que le agredió en reiteradas ocasiones, tanto en sus brazos como en sus manos. 

Al escuchar los gritos, la madre de la mujer salió para ver lo que estaba ocurriendo y tratando de evitar que el hombre continuara apuñalando a su hija, se interpuso entre los dos, momento en el que propinó un navajazo. Tras amenazar al tío de su expareja, R.B. salió huyendo.

En la resolución, que puede ser recurrida, la juez considera que la declaración de la denunciante en sede judicial “ha sido clara y coherente y no ha incurrido en ninguna contradicción”. Asimismo, “consta en el atestado policial las declaraciones de los testigos de los hechos, plenamente coincidentes y que apoyan la versión de la denunciante”. 

La jueza destaca que de esas declaraciones y del informe forense “puede desprenderse que existió un ánimo de matar por parte del imputado, que no pudo hacerlo puesto que la denunciante mostró una actitud defensiva, protegiéndose con sus brazos y porque sus familiares acudieron inmediatamente a su ayuda. 

La juez considera adecuada la prisión provisional para evitar el riesgo de fuga del investigado. “Se trata de una persona extranjera que ha manifestado en sede judicial que no tiene domicilio, pues vive en un trastero, y no tiene un trabajo estable”, destaca.

Al respecto expone que los hechos que se le imputan conllevan elevadas penas de prisión y ello podría provocar que el investigado saliera del país y no pudiera ser localizado. Por otro lado, con la prisión provisional la juez quiere evitar que el investigado pueda atentar contra bienes jurídicos de la víctima.

Los hechos indiciariamente cometidos por el imputado, añade, “son de extrema gravedad y existe un evidente riesgo de que pudieran repetirse o incluso agravarse de no acordar la medida de prisión provisional”.