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El Tribunal de Estrasburgo avala la anulación de las listas de ANV en 2007

Según la sentencia "las listas del partido demandante pretendían asegurar lacontinuidad de las actividades de Batasuna y Herri Batasuna"EAE-ANV señaló "que no es el sucesor de los partidosdisueltos" y que se pretende "eliminar a la izquierda independentista"

ESTRASBURGO. Según la sentencia, está "suficientemente probado" por los tribunales españoles que "las listas del partido demandante pretendían asegurar la continuidad de las actividades de Batasuna y Herri Batasuna".Estrasburgo rechazó por lo tanto la demanda de cuatro abogados de EAE-ANV contra la anulación de candidaturas y sus jueces consideraron por mayoría que la decisión del Supremo fue "proporcionada al fin legítimo perseguido", y que "en ausencia de arbitrariedad, no atenta contra la libre expresión de la opinión del pueblo".Seis de los siete jueces que componen el Tribunal concluyeron que España respetó el derecho a elecciones libres al anular las candidaturas de EAE-ANV.

Cinco de los siete jueces se pronunciaron por que no hubo violación de libertad de expresión, de reunión y de asociación, derechos que están incluidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.Sí hubo unanimidad entre los jueces a la hora de determinar que España no violó el artículo 13 (derecho a un recurso efectivo) del citado Convenio.

En la demanda, EAE-ANV señaló "que no es el sucesor de los partidos disueltos" y que el objetivo de la anulación de las candidaturas era el de "eliminar de la vida política pública a la izquierda independentista vasca".Los cuatro abogados que presentaron la demanda ante el Tribunal de Estrasburgo tienen un plazo de tres meses para solicitar el reenvío del caso a la Gran Sala del Tribunal, compuesta por 17 jueces.