PAMPLONA - La última reforma penal en 2015 vino a determinar que la respuesta punitiva de privar a una persona de libertad al ingresarla en prisión no era siempre la opción más adecuada por una serie de circunstancias. La primera de ellas hace referencia a que muchos expedientes del sistema penal corresponden a delitos menores cometidos por gente que es la primera vez que delinque. Además, este tipo de delitos por los que son castigados conllevan penas bajas, de hasta 2 años de prisión. Asimismo, hay que tener en cuenta que estas estancias cortas distorsionan la labor de los equipos técnicos que trabajan en la cárcel, ya que no les da tiempo a actuar de la forma más adecuada. A esto se le suma un alto porcentaje de personas con drogodependencia y trastornos mentales, que representan el 54,7% de las personas que delinquen en Navarra. Por último, otro de los motivos de peso para evitar el ingreso en prisión tiene que ver con la influencia negativa que puede tener el entorno penitenciario en el propio recluso y en su familia, e incluso en su entorno laboral. Así como explicó Amador Ruiz, jefe del Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, este cúmulo de circunstancias hace pensar que en ocasiones es mejor recurrir a la aplicación de medidas sustitutivas o trabajos en beneficio de la comunidad (TBC), es decir, penas que no privan de libertad y que permiten actuar directamente sobre los factores que influyen en esa persona para que delinca.

¿Qué es la suspensión condicional?

-Supone el no entrar a prisión si en un plazo de 2 a 5 años cumples las condiciones que te marca el juez, entre las que siempre va a estar la de no volver a delinquir y la de cursar un programa específico o realizar TBC.

¿Quién lo determina?

-Generalmente se juzgan en juicios rápidos en los que la Fiscalía y la defensa llegan a un acuerdo, pero es el juez quien determina qué medida alternativa imponer. Entonces nosotros desde el Servicio diseñemos un plan después de ver las circunstancias sociales y personales del condenado, para ver en qué programa encaja mejor.

¿Cuáles son estas medidas alternativas?

-Son talleres y programas directamente relacionados con el tipo de delito que se ha cometido o con los problemas que tiene esa persona. Así, trabajamos tres ramas principales: los casos que vienen determinados por los problemas socio-sanitarios de la persona -drogodependencia, trastornos mentales y discapacidad intelectual-, si el delito está relacionado con la violencia de género -a través del programa Pria-ma, que diseñó la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias-, y los delitos de Seguriad Vial, que se derivan tanto a talleres específicos como a TBC.

Y, ¿en el caso de los trabajos comunitarios?

-Tenemos el cumplimiento ordinario mediante plazas recogidas en un catalogo donde hay ayuntamientos, asociaciones, hospitales, colegios... Dentro de estas opciones miramos quién encaja mejor con qué plaza y qué horarios. En un plano negativo llevamos varios años que los ayuntamientos están colaborando poco: tenemos muchas plazas en consistorios donde no hay casos y pocas en los que hay muchos casos.

Parece que el número de TBC se ha estabilizado, ¿a qué se debe?

-Antes de la entrada en vigor del sistema del permiso de conducir por puntos, las conductas de riesgo que causaban accidentes se penaban de dos maneras: prisión más pérdida del carnet o multa más TBC, más perdida del carnet. Como en la mayoría de los casos se trataba del primer delito, no llegaban a entrar en prisión por lo que los TBC se dispararon. En 2010 a estas opciones se le añade la de pérdida del carnet más multa, sin tener que hacer trabajos comunitarios. Por lo tanto, la gente que podía pagarlo lo hacía y se olvidaba, así pasamos a los números que manejamos ahora, que rondan los 1.500 anuales.

¿Qué se considera un éxito dentro de las medidas alternativas?

-La primera parte del éxito es que la persona cumpla bien lo que el juez determine y así termine siendo dado de alta terapéutica. El siguiente paso, y el objetivo, es que no vuelva a delinquir. El quid de la cuestión es que estas medidas permites afrontar el problema de cara, ya que se les condena a trabajar en el problema que los ha llevado a cometer ese delito, algo que no siempre se consigue con en ingreso en prisión.