Expresar la necesidad de efectuar una modificación integral del Fuero Nuevo, adaptándola a las necesidades de la sociedad actual, es una obviedad en la que coinciden no sólo los operadores jurídicos que prestan su labor en Navarra (jueces, abogados, notarios, procuradores y juristas en general) sino también la propia sociedad navarra que ha visto dificultado, incluso impedido el normal ejercicio de algunos derechos básicos (formación de pareja, límites a la libertad de testar en supuestos de segundas o subsiguientes nupcias, etc).

Evidentemente, también en la prestación de la función jurisdiccional se ha observado esta necesidad. Así, en mi Tribunal, Sala de lo Civil del TSJ de Navarra, encargada de la resolución de Recursos de Casación en materia de derecho civil foral y, en consecuencia, de la interpretación y formación de jurisprudencia sobre las normas que lo integran, nos hemos hallado con situaciones complicadas para un fácil encaje entre la realidad social y la jurídica (entre otros, la respuesta ante las acciones de filiación, especialmente la no matrimonial; los derechos de los hijos de anterior matrimonio ante el subsiguiente matrimonio contraído o formación de pareja estable por uno de los anteriores cónyuges; usufructo de fidelidad y testamento de hermandad).

En mi caso concreto, inicié mi trabajo como magistrado en mayo de 1989 (dos años después de la reforma operada en 1987) y me voy a jubilar dentro de cuatro meses sin que se haya entrado en vigor la modificación Fuero Nuevo; es decir, la norma que fundamentalmente debo aplicar. Han pasado exactamente 30 años.

Es cierto que ha habido intentos de efectuar, una revisión integral del Fuero Nuevo cara a su eventual modificación. Así, siendo consejero de Presidencia y Justicia don Javier Caballero, se constituyó el Consejo Asesor de Derecho Foral y, en su seno, a través de comisiones, se efectuó un trabajo, para mí importante, de estudio, análisis y revisión de todas las leyes que conforman la Compilación, desarrollando una labor, a mi entender, importante, pero que, por desgracia, no concluyó y ahí quedó. Una desilusión más.

Iniciada la legislatura que ahora va a finalizar, el Parlamento de Navarra auspició la celebración en su sede del Simposio hacia la Codificación del Derecho Civil de Navarra, que tuvo lugar los días 11 y 12 de enero de 2016, en el que participé, junto con otros juristas, con la presentación de una Ponencia sobre las Cuestiones problemáticas en las principales instituciones civiles de Navarra. Parte General.

En palabras de la presidenta del Parlamento de Navarra “estas jornadas supusieron el punto de partida de la ponencia parlamentaria para la reforma del Fuero Nuevo que, con el objetivo de adaptar al siglo XXI esta norma ya obsoleta, se activó ese mismo año”.

Efectivamente, se constituyó la Ponencia Parlamentaria encargada de llevar adelante la revisión y eventual modificación del FN, a la que asistí en el examen de las leyes contenidas en el Libro Preliminar y sé que han acudido a tal órgano otros compañeros magistrados y magistradas, abogados, juristas y ciudadanas y ciudadanos, dando su opinión sobre la integridad del Cuerpo Normativo del que ha resultado la modificación que se pretende.

De cada una de las materias, la Ponencia elaboró unas propuestas que, entre otros órganos, las remitió al Consejo Asesor de Derecho Civil Foral de Navarra para su análisis y estudio. Se formó nuevamente el Consejo y, efectuadas las designaciones oportunas según establece el Decreto Foral vigente, inició sus trabajos, arduos, duros y difíciles, que finalizaron recientemente. La consejera de Presidencia del Gobierno de Navarra designó un equipo redactor de la modificación, encabezado por la abogada doña Ana Clara Villanueva y éste elaboró un anteproyecto de modificación y reforma, hoy proyecto de ley formulado por el Gobierno de Navarra al Parlamento de Navarra.

Esperamos y deseamos que, por fin, esta vez sí, tenga efecto normativo la ansiada modificación, con independencia que, en mi caso concreto, dada mi pronta jubilación, no podré aplicar, pero el esfuerzo habrá valido la pena a fin de que nuestro Fuero Nuevo constituya una norma al servicio de las necesidades de las navarras y navarros a los que está dirigida.El autor es magistrado de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Navarra