El comité de disciplina y garantías de UPN ha ratificado la expulsión del partido de los diputados Sergio Sayas y Sergio SayasCarlos García Adanerodurante dos años y medio. El órgano interno no ha atendido las alegaciones presentadas y confirma la sanción, que implica además la inhabilitación para cargo en representación del partido. Ambos han avanzado ya que no entregarán el escaño.

La suspensión de militancia ha sido criticada ya por el diputado Sergio Sayas, que considera que se les expulsa de UPN "por la vía de los hechos". "Javier Esparza está empeñado en romper UPN y va camino de conseguirlo", ha denunciado Sayas.

Contra la sanción Sayas y García Adanero pueden interponer un recurso de apelación ante el Consejo Político del partido en el plazo de 10 días, después será ratificada por la ejecutiva de UPN. Ambos órganos están formados por afines a Esparza, por lo que la expulsión puede darse ya por efectiva. Es probable que los dos diputados recurran ahora a la justicia ordinaria.

El motivio de la expulsión: ocultar el voto

Según ha explicado UPN, las sanciones están previstas en el artículo 108.2 a) y b) de los Estatutos de UPN y corresponden a una infracción grave, que viene tipificada en el artículo 108.1 j). En concreto, recoge que "cualquier actuación política que vaya en contra de las decisiones aprobadas por los órganos del partido, y expresamente el incumplimiento del deber de voto oficial en las instituciones, establecido reglamentariamente".

"Lo que resulta indubitado y, por lo tanto, probado, es que el comité ejecutivo acordó delegar en los cargos unipersonales de UPN la negociación y en su caso, acuerdo, con el Gobierno de España en relación con la postura del partido en la convalidación del Real Decreto-ley que modificaba la reforma laboral. Ningún miembro presente se opuso a dicha delegación".

El comité desestima así las alegaciones de los dos diputados, que consideraban que el procedimiento seguido para determinar el voto en el Congreso (dejar la decisión exclusivamente en manos de Javier Esparza) no cumplía con lo reglamentado estatutos. Tampoco admite el argumento defendido tanto por Sayas como por Adanero, de que, en todo caso, la indisciplina sería una falta leve que no conlleva la expulsión.

Es precisamente aquí donde el comité de disciplina justifica la expulsión. Según el órgano interno, la gravedad de la falta no está en la indisciplina de voto, haber pulsado el no cuando se les había exigido un sí a la reforma laboral, sino en haber ocultado su decisión hasta el final. "Entendemos que ha existido un ánimo por parte de los dos diputados de desobedecer la orden de votar afirmativamente. Pero no sólo eso, si no que, además, decidieron votar de forma contraria el día anterior y no comunicar su decisión a la dirección de UPN", apunta.

De esta forma, el comité concluye que se trata de "una infracción de carácter grave y no leve, por el hecho de haber decidido ocultar la realidad del sentido de su voto a la dirección de UPN. Dicho extremo convierte la infracción de leve (art. 107.1 j) en grave, puesto que la ocultación de su decisión ha causado un evidente perjuicio público para UPN". "Dicha decisión es imputable únicamente a los sres. diputados, pues podrían haber optado por comunicar su decisión, habiendo constituido en dicho caso una infracción leve", defiende.