pamplona. La sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a un total de 16 meses de prisión al ex párroco de Ba-rasoain, Juan José A.A., por sendos delitos de exhibicionismo sexual y exhibicionismo y provocación sexual, con la concurrencia en ambos de la agravante de abuso de confianza y la atenuante de reparación del daño. El fallo fue acordado entre la defensa del sacerdote, el fiscal y la acusación particular, ejercida por los padres de cinco menores de la localidad que fueron víctimas de los hechos protagonizados por el religioso. Éste no tendrá que ingresar en prisión.

Según consta en la sentencia, el acusado tiene prohibido acercarse a las víctimas, a su domicilio y a su lugar de trabajo por un periodo de cinco años. Asimismo, el tribunal ha impuesto al procesado una inhabilitación especial para el ejercicio público de su labor de sacerdote, especialmente en actividades directa o indirectamente relacionadas con la infancia o juventud, durante un plazo de seis años.

Los hechos declarados probados en el fallo judicial se remontan a los meses de febrero y marzo de 2006 cuando el procesado ejercía de párroco en la localidad de Barásoian e impartía clases de catequesis, en una de la cuales "con intención de satisfacer sus deseos sexuales, les mostró los genitales" a los menores. Las clases las impartía en la casa parroquial de dicha localidad.

Además el fallo declara también probado que en otro momento no determinado, estando con los niños, accedió desde su ordenador a la página de internet putas.com para ver fotografías de contenido pornográfico. Con anterioridad a la fecha del juicio el acusado abonó en concepto de responsabilidad civil una cantidad de 10.000 euros para cada uno de los menores afectados. En total 50.000 euros, por lo que se le aprecia la atenuante de reparación del daño, que tuvo en cuenta el Ministerio Público para reducir su petición inicial de pena, que ascendía a dos años de prisión. Además, en ese escrito que fue modificado, el fiscal también incluía en la responsabilidad civil subsidiaria a la diócesis de Pamplona, que finalmente no tuvo que resarcir la indemnización a los menores al hacerse cargo el propio sacerdote.