pamplona - El nuevo real decreto ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler no recoge medidas para regular los precios de alquiler, aunque sí las que limitan las subidas de la renta al índice de precios de consumo (IPC) en todos los contratos, además de introducir un índice estatal de referencia del precio del alquiler.

En un plazo de ocho meses, el gobierno ordena desarrollar un índice estadístico que contenga los precios de vivienda en alquiler. La idea es que sirva para hacer un seguimiento del mercado y servir de soporte a medidas fiscales.

Sin embargo, en ningún caso supone establecer sistemas de regulación de precios de alquiler. Tal medida exigiría la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos, asunto que el Gobierno en funciones no está en disposición de abordar. En cualquier caso, abre la puerta a que las Comunidades Autónomas sí puedan modificar la normativa e intervenir en los precios.

Podemos confirmó el apoyo al nuevo decreto pese a que reconoce que es “insuficiente” y le falta valentía para “pinchar la burbuja” del alquiler. También el PDeCAT votará a favor de su convalidación y, aunque el PNV no se ha pronunciado oficialmente, fuentes del Ejecutivo dan por hecho su apoyo.

estimulación de la oferta El nuevo real decreto, aprobado en el último Consejo de Ministros previo a la disolución de las Cortes antes de las elecciones generales del próximo 28 de abril, establece, asimismo, medidas fiscales para estimular la oferta, como habilitar el gravamen en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda vacía, bonificar en el IBI la vivienda protegida en alquiler o eliminar el Impuesto de Transmisiones en los alquileres de vivienda habitual.

El decreto no contempla finalmente la bonificación del 80% del IBI para el alquiler de vivienda habitual cuya renta fuese inferior a la determinada por el índice de referencia del precio del alquiler de vivienda, según concretaron fuentes del Ministerio de Fomento. Este tipo de medidas, detallaron desde el ministerio, se abordarán en una normativa posterior.

La idea inicial era permitir que los Ayuntamientos concedieran bonificaciones fiscales de hasta el 80% en el IBI para los caseros que limitasen las rentas al nuevo índice de precios que diseñará el Ejecutivo. Pero la medida, siempre según fuentes de Fomento, se cayó del texto a última hora. No obstante, el decreto sí permitirá que los Ayuntamientos apliquen bonificaciones del IBI de hasta el 95% para las viviendas protegidas, una medida que ya se recogía en el decreto que fue aprobado en diciembre y que Podemos rechazó en el Congreso.

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, señaló en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que “vamos a permitir que puedan existir bonificaciones, fundamentalmente, en el IBI en las políticas tributarias locales para poder promocionar a quienes alquilan las viviendas” y disponer de suficiente oferta, “pensando en lo que consideramos un problema importante, el de la gente más joven”.

En cuanto a otorgar mayor seguridad al inquilino, se amplía la prórroga obligatoria de 3 a 5 años (o a 7 años, si el arrendador es persona jurídica), se amplía la prórroga tácita (si ninguna de las partes dice nada transcurridos los 5 o 7 primeros años) de 1 a 3 años, y a 2 meses para el inquilino y 4 meses para el arrendador el plazo de preaviso previsto para no renovar el contrato.

También se da validez a los contratos de alquiler aunque no estén inscritos en el Registro de la Propiedad y se favorece el acuerdo entre las partes para la realización de mejoras durante la vigencia del contrato permitiendo, en este caso y de forma pactada, el incremento de la renta durante el resto del contrato. - Efe/D.N.

Mejora la exclusión de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Se mejora la exclusión de la Ley de Arrendamientos Urbanos de la vivienda turística para su regulación específica por las CCAA y se permite una mayoría de 3/5 de las comunidades de propietarios para limitar este tipo de viviendas. O imponerles una mayor contribución a los gastos comunitarios.Avales nunca superiores a la renta de dos meses. No se podrá exigir al inquilino que abone garantías o presente avales por una cuantía superior al precio de dos meses de renta.

Ampliación a cuatro meses del periodo de preaviso del arrendador si no quiere seguir. Se amplia a cuatro meses el periodo de preaviso por parte del arrendador si no quiere continuar la relación de alquiler y a dos meses para el arrendatario. Por otra parte, el arrendador deberá asumir los gastos de gestión inmobiliaria y formalización si es una persona jurídica.

Avales nunca superiores a la renta de dos meses. No se podrá exigir al inquilino que abone garantías o presente avales por una cuantía superior al precio de dos meses de renta.Mejora de la coordinación con los servicios sociales para proteger al desahuciado. El juez deberá avisar a los servicios sociales antes de autorizar el desahucio y no se podrá ejecutar en el plazo de un mes si se trata de una familia vulnerable. Tres meses si el arrendador es persona jurídica.

Señalar día y hora del desahucio. Se clarifica esta obligación, ya existente pero poco presente en la práctica y se limitan las garantías adicionales a dos meses.

Sin renuncia a la subrogación en caso de fallecimiento. No podrá pactarse la renuncia a la subrogación en caso de fallecimiento en contratos de larga duración cuando afecte a hogares vulnerables.

Se permite al arrendatario acudir al juicio verbal. El arrendatario podrá acudir en caso de reclamaciones de cantidad que sean inferiores o iguales a 6.000 euros.

españa, en la cola de europa

Solo el 22,9% de la gente. Precios al alza, problemas de acceso a la vivienda y políticas que intentan revertir la situación. La panorámica del alquiler se parece en casi todas las grandes ciudades europeas. España es uno de los países de Europa Occidental donde menos población vive de alquiler: un 22,9%, según los últimos datos de Eurostat, de 2017, e incluyen a quienes declaran vivir en casas prestadas (si no, la estadística baja al 16,9%). El porcentaje contrasta con los de Alemania (48,6%) y Austria (45%), líderes continentales. El precio medio de un piso de una habitación sin amueblar en Madrid es 890 euros. Por encima se sitúan Roma (930 euros), Berlín (960 euros), París (1.150 euros) y, sobre todo, Londres (1.750 euros).