Pamplona - La Cartera de Servicios Sociales del Navarra contará con 21 nuevos servicios o prestaciones y se mejorarán las condiciones de otros 78 tras la aprobación ayer por larte del Gobierno del decreto foral que la regula. Para el vicepresidente de Derechos Sociales, Miguel Laparra, “la aprobación de la Cartera de Servicios Sociales culmina un proceso de avance y consolidación de derechos sociales a lo largo de la legislatura”.

El nuevo decreto incluye 21 nuevos servicios o prestaciones, 12 de ellos garantizados y 9 no garantizados. Así mismo, la norma reconoce como garantizados 13 que tenían la consideración de no garantizados y se modifican los criterios de acceso en 27 de estos servicios, ajustándolos a las necesidades de las personas usuarias. También se modifica la intensidad de atención en alguna de las áreas prestadas en 42 de estos servicios y en 9 de ellos se reducen los plazos de concesión.

Según indicaron desde el departamento de Derechos Sociales la modificación de la Cartera de Servicios Sociales, regulada por un decreto foral del año 2008, supone un salto cualitativo en el reconocimiento de derechos asistenciales para las personas que los requieren y, pasada una década, se consideraba necesario adecuarla a los cambios normativos producidos durante su vigencia. “Primero se ha dotado de recursos al sistema público y ahora se consolidan como derechos de la ciudadanía exigibles ante la ley”, apuntó Laparra.

En este sentido, incidió, los nuevos servicios incluidos, las modificaciones en los requisitos de acceso de algunos servicios y el paso a garantizados de otros refuerzan la atención y amplía los derechos en los ámbitos de la atención primaria, la dependencia, la discapacidad, la enfermedad mental, la inclusión social, menores y de personas víctimas de violencia contra las mujeres.

Dependencia y mayores Las personas mayores y con dependencia son dos de los colectivos más beneficiados por los cambios realizados en la Cartera de Servicios Sociales. Entre ellos, se contempla, la inclusión del servicio de asesoramiento de productos de apoyo y de la oficina de vida independiente, dirigida a las personas con discapacidad y dependencia. Así mismo, se introducen un servicio de promoción de la autonomía personal y prevención de las situaciones de dependencia y un servicio de intervención familiar para personas con discapacidad. El Gobierno sumará también una ayuda económica de libre disposición para las personas sin recursos económicos que ingresan en un centro residencial y así asegurar una cuantía para cubrir sus gastos básicos.

Otras nueve prestaciones que hasta ahora no figuraban en la Cartera pasan a formar parte de ella, aunque con la característica de no garantizadas por la Administración. Se trata, principalmente, de servicios y prestaciones económicas para viviendas con diferentes grados de apoyo que permitan una vida autónoma a personas con discapacidad, la prestación de asistente personal para personas con discapacidad y la atención, en el servicio de atención a domicilio municipal, a personas con limitaciones para la cobertura de las necesidades básicas que no tengan el reconocimiento oficial de dependencia, al objeto de que las personas atendidas puedan mejorar su calidad de vida y permanecer en su entorno habitual.

El nuevo catálogo reconoce como garantizados servicios que antes no tenían esta consideración, afianzando los derechos de la ciudadanía. Entre ellos está el servicio de teleasistencia para mayores y personas con discapacidad, que se ofrecerá de forma universal atendiendo a razones de necesidad. Además, el Gobierno de Navarra ofrecerá una mayor variedad en las opciones de vivienda, incluyendo en esta categorización los pisos tutelados, supervisados y las residencias-hogar.

Entre las mejoras en las ayudas actuales, está la desaparición de la limitación de los 65 años para el acceso a algunos servicios de discapacidad y enfermedad mental, siendo la valoración de las necesidades la que justifica el recurso idóneo para una persona.

El nuevo decreto foral recoge también varias adecuaciones del lenguaje como la sustitución del término minusvalía por el de discapacidad, siguiendo las recomendaciones de la Convención de Derechos de las personas con discapacidad.

Enfermedad mental Entre el colectivo de personas con enfermedad mental, los cambios están más dirigidos a la mejora de las actuales prestaciones, aunque también se beneficiarán de una nueva ayuda de apoyo a la integración familiar y social dirigida a ellos y de la nueva incorporación de la ayuda económica para las personas sin recursos en centros residenciales.

Entre los servicios que ya se prestaban y que pasan a tener consideración de garantizados, se incluyen un servicio de teleasistencia para personas con enfermedad mental y el centro de día dirigido a este colectivo, en el que se ofrece atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras.

Se garantizará además el derecho a recibir algunas prestaciones no sólo por el grado de dependencia o reconocimiento de discapacidad, sino por la necesidad presentada. Es el caso de los servicios para personas con enfermedad mental, para los que desaparecen las exigencias de discapacidad o dependencia, y se facilita el acceso a través de los informes pertinentes. Lo mismo ocurre para el acceso a plazas residenciales psicogeriátricas. Desaparece además la limitación de los 65 años para el acceso a algunos servicios dirigidos a personas con enfermedad mental, siendo la valoración de las necesidades la que justifica el recurso idóneo para una persona.

Familia y menores La nueva cartera contempla también nuevos servicios en el área de la familia y la protección a la infancia. Así, se añade un servicio de acogimiento residencial especializado, un servicio de acogimiento familiar de fines de semana y vacaciones pensado preferentemente para aquellos menores que se encuentran en acogimiento residencial y un servicio de apoyo a madres adolescentes en situación de desamparo. Además, se regulan las ayudas asociadas a todos los tipos de acogimiento familiar, incluyendo las familias de urgencia y las familias extensas.

La nueva cartera de servicios dotará la calificación de garantizados varios servicios relacionados con el área de familia e infancia. Entre ellos se encuentran el servicio de orientación familiar, que ofrece apoyo y asesoramiento para la resolución de conflictos entre los miembros de una familia con menores a su cargo; la mediación familiar, que da apoyo a las familias en conflicto para posibilitar la comunicación entre las partes; y el punto de encuentro familiar, un lugar neutral en el que los padres de menores separados de sus familias puedan realizar visitas de forma segura.

El decreto reconoce también como servicio garantizado el centro de día de menores en el área de atención al menor, donde se atiende a menores en situación de riesgo o de desprotección leve y moderada en horario extraescolar y vacacional, actuando de forma global sobre los ámbitos personal, social y familiar.

La Cartera de Servicios Sociales incrementará también la intensidad de las intervenciones en algunos servicios, sobre todo con un aumento de la frecuencia en las áreas de apoyo a las familias. La nueva norma contempla también adecuaciones en el lenguaje relativas al ámbito de atención al menor para adecuarla a lo establecido en la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.

En el ámbito de la protección a víctimas de violencia de género, la cartera incluye un nuevo servicio de acogida para víctimas de trata, así como servicios de atención y asesoramiento en materia de extranjería y de mediación comunitaria intercultural en el ámbito de inclusión y protección social.

El Post-it

Entrada en vigor. La norma entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON), previsiblemente a principios del presente mes o con la entrada de abril. La modificación del decreto foral mantiene la estructura de fichas por áreas específicas, si bien se han fusionado algunas que tenían un contenido muy similar. Su publicación irá acompañada de un esquema sinóptico que facilite la consulta de los servicios a la ciudadanía.

Garantizados. La cartera incluye como nuevos servicios garantizados un servicio de productos de apoyo, una oficina de vida independiente, servicios de promoción de la autonomía personal y prevención de las situaciones de dependencia, un servicio de intervención familiar para personas con discapacidad, una ayuda económica para personas sin recursos en residencias, una ayuda de apoyo a la integración familiar y social para personas con enfermedad mental. En el área de familia incluye un servicio de acogimiento residencial especializado, un servicio de acogimiento familiar de fines de semana y vacaciones para menores, un servicio de apoyo a madres adolescentes en situación de desamparo. Además, se regulan las ayudas asociadas al acogimiento familiar. En el área de atención a personas víctimas de violencia de género, se añade un servicio de acogida para víctimas de trata y los servicios de atención y asesoramiento de extranjería y de mediación comunitaria intercultural.

No Garantizados. Se suman a la oferta actual como no garantizados servicios y prestaciones económicas para viviendas que permitan una vida autónoma a personas con discapacidad, prestación de asistente personal para personas con discapacidad y atención a personas con limitaciones para la cobertura de las necesidades básicas que no tengan el reconocimiento oficial de dependencia.

Pasan a ser garantizados. El nuevo catálogo reconoce como garantizados los servicios de orientación familiar, mediación familiar, punto de encuentro familiar y centro de día de menores en el área de atención al menor, el servicio de teleasistencia en los ámbitos de mayores, discapacidad y enfermedad mental, los pisos tutelados, supervisados y residencia-hogar y centro de día para personas con enfermedad mental.

Otras mejoras. Desaparece la exigencia de discapacidad o dependencia para los servicios para personas con enfermedad mental y se facilita el acceso a través de los informes pertinentes. Lo mismo ocurre con el acceso a plazas residenciales psicogeriátricas. También se garantiza el servicio de teleasistencia por razones de necesidad y desaparece además la limitación de los 65 años para el acceso a algunos servicios.