pamplona - Lo que se viene a interpretar de lo que dicen los magistrados del TSJN es que algunas de las modificaciones planteadas por el decreto foral de 2017 no deberían ser cuerpo legal de un reglamento, sino el punto de origen de una nueva Ley Foral del Euskera. Obviamente, los magistrados conocen las dificultades que esta normativa ha sufrido para desarrollarse y tomar cuerpo desde hace décadas, e igualmente de las trabas para configurar una nueva legislación y, por tanto, tratan de agarrarse a un argumento nuevo para ningunear el euskera como hasta ahora no se había visto. Por ello, los magistrados resaltan en varias ocasiones “que la lengua es un derecho del ciudadano, no de la Administración, y destacan que los preceptos anulados imponen una redacción bilingüe por el mero hecho de venir emanados de los servicios centrales y estar dirigidos al conjunto de la población”. Obvian, sin embargo, como reconoce la Carta Europea de las Lenguas Minoritarias, que se trata también de una obligación del poder público el uso de dicha lengua.

La sentencia dice que “la Lengua es un derecho del ciudadano, no de la Administración; y tal derecho ha de acomodarse al régimen establecido en una Ley, en nuestro caso la Ley Foral del Euskera, que plasma la voluntad popular al emanar del Poder Legislativo (no así un Reglamento Ejecutivo que puede completar la ley pero que no puede establecer ni alterar el régimen de derechos legalmente establecido”.

El TSJN insiste en su argumento de que “lo determinante -el parámetro de legalidad- es el derecho del ciudadano” y” el órgano administrativo ha de acomodarse a tal derecho, no a la inversa”. Así, el TSJN reitera que el hecho de que los servicios centrales desplieguen su función en toda Navarra no permite alterar el régimen de derechos que establece la Ley Foral del Euskera para cada zona lingüística, pues la lengua es un derecho del ciudadano y tiene una concreta configuración legal para cada zona”. - D.N.