Síguenos en redes sociales:

Estos son los nombres que no puedes poner a tu hijo, según la ley

El artículo 51 de la vigente Ley del Registro Civil y el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil determinan qué tipos de nombres no están permitidos

Estos son los nombres que no puedes poner a tu hijo, según la leyFreepik

Según los datos provisionales de la Estadística de Fecundidad y Natalidad de Navarra del año 2024, elaborados por el Instituto de Estadística de Navarra (Nastat), Lucía vuelve a ser el nombre que ocupa el primer lugar entre los registrados en 2024 entre las niñas en Navarra, situándose Sofía y Ane en la segunda y tercera posición. En el caso de los niños, Mateo es el nombre más asignado, seguido de Aimar y Martín en segundo y tercer puesto.

Lucía, el nombre más popular en Navarra

Elegir el nombre de un hijo es una decisión que hay que meditar. Una elección que no es sencilla y en la que, además de lidiar con los gustos y preferencias personales, también influyen normas y límites legales que dan lugar a una serie de nombres prohibidos en España.

En la línea con lo que comentan los profesionales de Odice Abogados, "el artículo 50 de la vigente Ley de Registro Civil establece como derecho que todas las personas tengan un nombre propio. No obstante, el artículo 51 de la vigente Ley del Registro Civil y el artículo 192 del Reglamento del Registro Civil, determinan qué tipos de nombres no están permitidos en nuestro país. Además, es importante puntualizar que los progenitores deben inscribir al recién nacido en el Registro Civil en un plazo máximo de 8 días naturales tras su nacimiento. De lo contrario, el funcionario podrá escoger el nombre al azar".

La ley prohíbe estos nombres para tu hijo

Nombres de famosos

No está permitido inscribir a un hijo con nombres completos de famosos, como por ejemplo, Iker Casillas, Leo Messi o Michael Jackson. Sin embargo, "si el apellido de uno de los progenitores coincide con el del famoso y quieres hacer uso solo del nombre, este sí será aceptado", argumentan los expertos.

Nombres con connotaciones negativas

"Están vetados aquellos nombres con connotaciones negativas que puedan atentar con la dignidad de la persona. En este grupo tienen cabida nombres que pueden causar perjuicio al niño y ser objeto de mofas y burlas: Caín, Stalin, Lucifer o Judas; Caca, Engendro o Loco".

Nombres compuestos por más de dos nombres

Tampoco está permitido que un nombre esté compuesto por más de dos nombres simples o más de uno compuesto. "De esta manera, quedan excluidos nombres como Ana Lucía María o Francisco José Javier", añaden.

Acrónimos y diminutivos

El Registro Civil no admite nombres creados a partir de abreviaturas, siglas o diminutivos como JAM (Juan Antonio Manuel), Pepita, Luisillo o Juanito.

El mismo nombre entre hermanos

La ley establece que "no puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido, así como tampoco su traducción usual a otra lengua. Esto quiere decir que todos los hijos de los mismos progenitores se deben llamar de forma diferente, a excepción de que uno de ellos haya fallecido", explican los especialistas.

Fruta, marcas o nombres comerciales

"El Registro civil tampoco permite nombres de fruta, marcas o nombres comerciales (como Chanel, Gucci o Aldi) ni nombres de ciudades, capitales y países (Tokio, Berlín o Milán). De la misma manera, la ley expresa que quedan prohibidos nombres impropios de personas, irreverentes o subversivos, así como la conversión en nombre de los apellidos o pseudónimos".