Así quedan finalmente los pagos con Bizum entre particulares a partir de 2026
La Agencia Tributaria aclara que el nuevo control afectará solo a empresarios y autónomos, y desmiente la fiscalización de los envíos entre familiares o amigos
En un contexto en el que los pagos digitales van ganando peso,Bizum se presenta como una forma fácil y rápida de enviar y de recibir dinero con elmóvil. Cada vez más particulares utilizan esta plataforma para abonar gastos compartidos entre familiares o amigos como comidas, compras o regalos. Hacienda ha anunciado que a partir de 2026 va a poner el foco en estas transferencias instantáneas, aunque ha tenido que aclarar que este control no afectará a todos los ciudadanos por igual.
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La publicación por parte de algunos medios y la divulgación de bulos en redes sociales que señalaban que en 2026 la Agencia Tributaria comenzaría a fiscalizar todos los bizum realizados por los ciudadanos, incluyendo los envíos entre amigos y familiares, hizo saltar todas las alarmas. Poco después, el Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria se vieron obligados a salir al paso de dichas informaciones para aclarar el verdadero alcance de la nueva normativa.
Empresarios y autónomos
El origen de la confusión se encontraba en la modificación del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT), aprobada por Real Decreto en abril de 2025. Este cambio normativo introduce nuevas obligaciones informativas para las entidades financieras, pero no afecta a los particulares. Su objetivo es reforzar el control sobre la actividad económica de empresarios y autónomos que utilizan Bizum y otros medios de pago digitales como sistema de cobro.
Desde Hacienda explicaron que la medida responde al "objetivo de mejorar la lucha contra el fraude fiscal, la eficacia de las actuaciones recaudatorias y la asistencia al contribuyente". Aclararon que en ningún caso se plantea un control sobre los bizum entre particulares, como los habituales pagos para compartir gastos de una cena o de un viaje.
Qué cambia a partir de 2026
La norma entrará en vigor en febrero de 2026 y presenta dos grandes novedades. En primer lugar, las entidades financieras deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales. Hasta ahora, esta información se remitía con carácter anual. En segundo lugar, desaparece el umbral anual neto de 3.000 euros, por debajo del cual no existía obligación de informar. A partir de la nueva regulación, se reportará la información con independencia del importe.
Es importante subrayar que esta obligación recae exclusivamente sobre la banca y afecta únicamente a la actividad profesional. Los bancos no enviarán datos operación por operación, sino un resumen mensual acumulado de la facturación de cada empresario o autónomo establecido en España.
Información para Hacienda
Según detallaba la Agencia Tributaria en su nota aclaratoria, las entidades financieras deberán suministrar cada mes la identificación completa de los empresarios o profesionales que utilicen Bizum como sistema de cobro, el número de comercio con el que operan, los terminales de venta asociados, el importe mensual facturado a través de Bizum o sistemas equivalentes y la identificación de las cuentas bancarias o de pago donde se reciben los cobros. Esta información permitirá a Hacienda cruzar datos y detectar posibles actividades económicas no declaradas.
El incumplimiento de la normativa afectará en forma de multa tanto a las entidades como a los profesionales. En el primer caso, con una sanción que puede alcanzar hasta el 2% del importe de las transacciones no comunicadas, con un mínimo de 1.000 euros. Para las empresas y los autónomos, la ocultación deliberada de los ingresos puede suponer un castigo de hasta el 150% de la cantidad defraudada.
De esta forma, la entrada en vigor de esta normativa en 2026 no cambiará el uso cotidiano de Bizum para los particulares. Los envíos de dinero entre amigos y familiares seguirán siendo privados y no requerirán ninguna declaración adicional.
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