Síguenos en redes sociales:

Qué hacer si te cancelan el tren por la huelga maquinistas, según un abogado laboralista

La publicación del experto y también creador de contenido suma más de 50.000 visualizaciones y más de 1.700 me gustas en TikTok

Qué hacer si te cancelan el tren por la huelga maquinistas, según un abogado laboralistaPatxi Cascante

Los maquinistas han convocadohuelga los días 9, 10 y 11 de febrero para exigir mayor seguridad ferroviaria. Referente al parón, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha fijado en el 73% los servicios mínimos de trenes de alta velocidad que tendrán que ser prestados.

Huelga de maquinistas convocada para los días 9, 10 y 11 de febrero 

Y es que, según la resolución de la Secretaría de Estado de este Departamento, en los trenes de mercancías los servicios mínimos serán del 21%, mientras que en media distancia serán del 65%. En cuanto a los trenes de cercanías, se establecen servicios mínimos en función de diferentes franjas horarias, siendo del 75% en horario punta y del 50% el resto del día.

Estos límites se refieren a todo el ámbito estatalsalvo para Catalunya y Euskadi, que las determinan sus respectivos gobiernos. En el caso de Catalunya, serán del 66% en trenes de cercanías y regionales en hora punta y del 33% en hora valle. En la CAVaún no se han decretado.

Qué hacer si te cancelan el tren por la huelga maquinistas, según Ignacio de la Calzada

Con más de 50.000 visualizaciones y más de 1.700 me gustas, la publicación de Ignacio de la Calzada, con nombre de usuario @laboral_tips y que cuenta con más de un millón de seguidores en TikTok y más de 831.000 en Instagram, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y también creador de contenido explica qué hacer si te cancelan el tren por la huelga maquinistas.

Te puede interesar:

"La pregunta es: ¿tu empresa te tiene que pagar el día o deberás recuperarlo? El permiso del artículo 37 del Estatuto de Trabajadores. Muchísimos vais a estar afectados por la huelga que se ha convocado y no podréis acudir al centro de trabajo, a lo que aquí surgirá un problema. En principio, hay un permiso en el Estatuto de Trabajadores que es el del articulo 37.3 es que de cuatro días y el mal llamado 'permiso climático' que, como ya sabéis, se aprobó durante la DANA. Dice que tienes hasta 4 días cuando existe una imposibilidad de acudir al centro de trabajo. A priori, hoy, deberías recuperar el día si no puedes acudir a tu centro de trabajo. Lo primero, si hay una huelga, justifícalo y comunícalo. Comunícaselo a tu empresa e indica la imposibilidad de acudir o incluso que te has retrasado. Entonces, ¿las horas o el día que no has ido te lo tienen que pagar o debes recuperar? La respuesta es que sí, pero hay varias alternativas. La empresa te puede descontar el día o las horas de tu nómina. Es totalmente legal. La segunda es que te lo puede pagar y puede hacer que lo recuperes conforme a la flexibilidad horaria. Os tendréis que poner de acuerdo en cómo se recupera ese tiempo. Hay empresas que pueden optar por el teletrabajo", explica de manera detallada el abogado laboralista.