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Rebajan de 21 meses de cárcel a una multa de 450 € la condena a un sindicalista

La Sección 1ª de la Audiencia califica de “delito leve” el conflicto de La Sangiovesa

Rebajan de 21 meses de cárcel a una multa de 450 € la condena a un sindicalistaFoto: O. Montero

pamplona - La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha rebajado a 450 euros de multa la condena de 21 meses de prisión que impuso el Juzgado de lo Penal nº 4 al sindicalista de LAB Imanol Salinas Ijurko por el conflicto laboral en el restaurante La Sangiovesa de Pamplona en los Sanfermines de 2018. La sentencia, que corrige el criterio del anterior juez, califica como “delito leve de coacciones” la protesta realizada en el citado restaurante el 7 de julio del año pasado después de producirse cuatro despidos.

El recurso de apelación interpuesto por Imanol Salinas, miembro de la Federación de Servicios Privados de LAB, solicitaba la absolución por el delito de coacciones. Finalmente, la Audiencia Provincial estimó parcialmente dicho recurso, ya que rebajó la condena de cárcel a una multa de dos meses y quince días, con una cuota diaria de seis euros, que equivalen a 450 euros. La caja de lucha de LAB abonará esta sanción.

la consecución de los hechos El 7 de julio de 2018 unas 20 personas se concentraron enfrente de La Sangiovesa con una pancarta para exigir la readmisión de los trabajadores, colocaron pegatinas de denuncia e Imanol Salinas, que durante el juicio admitió ser el responsable de aquella acción sindical, portaba un megáfono. Durante ese acto, accedieron al establecimiento, en el que se encontraban clientes y empleados, volvieron a salir y continuaron con la concentración en el exterior.

El Juzgado de lo Penal nº 4 de Pamplona sentenció a 21 meses de prisión a Salinas, con el agravante de reincidencia por otro fallo en 2013 tras la huelga general del 29 de marzo de 2012. Argumentó que “pegar pegatinas en el exterior y, especialmente, en el interior del establecimiento en plena actividad profesional; entrar en el restaurante cuando está con clientes contra la voluntad de los trabajadores y empujando a uno de ellos; emplear un megáfono y dirigirse a los clientes colocando carteles en sus mesas; y colocarse con una pancarta en la puerta de entrada al local impidiendo el acceso o salida excede del derecho a la libertad sindical con la correspondiente posibilidad de información de las causas que originan el conflicto”. El juez señaló que “si el día de los hechos solamente se hubiera ejecutado una de las indebidas acciones enjuiciadas (...), la acción de protesta hubiera sido una enorme molestia para los empleados y clientes, pero no hubiera llegado a alcanzar las cuotas a las que se ha llegado con la comisión de todas las acciones” a la vez.

En cambio, la Audiencia Provincial consideró que la protesta afectó a trabajadores y clientes del restaurante, pero como se produjo con “escasa duración”, manifiesta “la levedad” de dicha conducta. Por eso, a Salinas se le condena a pagar 450 euros. El coordinador de LAB en Navarra, Imanol Karrera; la responsable del sindicato en la Comarca de Pamplona, Itxaso Torregrosa; y el propio afectado ofrecieron ayer una rueda de prensa en la entrada del sindicato con decenas de militantes, y los tres elementos cuestionados en el primer dictamen: la pancarta, el megáfono y la pegatina. “Seguimos denunciando la patronalización de la justicia”, concluyó Karrera.