pamplona - La Seguridad Social aclaró ayer que los trabajadores en aislamiento preventivo por el virus SARS-CoV-2, conocido como coronavirus, se consideran en situación de incapacidad temporal (baja laboral) por enfermedad común, si cumplen los demás requisitos y conforme al régimen de la Seguridad Social.

Así lo especifica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en una nota que recoge los criterios ante los aislamientos de trabajadores por el coronavirus, epidemia que en España ha afectado por el momento a 27 personas -25 de ellos activos- en ocho comunidades autónomas (Islas Canarias, Comunidad de Madrid, Andalucía, Castilla y León, Aragón, Comunidad Valenciana y Cataluña).

En concreto, los períodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia de dicho virus serán considerados “como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común”.

Durante estos periodos los afectados tendrán derecho a las correspondientes prestaciones, cumplidos los demás requisitos en cada caso exigidos, y en los términos y condiciones establecidos, por las normas del Régimen de la Seguridad Social en que se encuentre encuadrado el trabajador.

No obstante, cuando la protección de la incapacidad temporal por contingencias comunes esté prevista como mejora voluntaria, lo establecido en este criterio será de aplicación únicamente a los trabajadores que se hubieran acogido a dicha mejora.