España bajará del 25% al 15% la tributación de las 'startups'
La ley para dinamizar el emprendimiento en el Estado permitirá el aplazamiento de deuda
El anteproyecto de ley de startups, aprobado ayer en Consejo de Ministros para someterlo a audiencia pública, incorpora una serie de medidas fiscales para favorecer la creación e implantación de este tipo de compañías, entre las que figura una reducción del tipo del impuesto de Sociedades del 25% al 15% hasta un máximo de cuatro años.
Así lo anunció la vicepresidenta segunda y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, tras el consejo y señaló que el objetivo de estas medidas es convertir a España en un hub europeo para el emprendimiento.
Así, se reduce para las startups el tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no residentes, del tipo general del 25% al 15% en el primer periodo impositivo en el que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes siempre que mantenga la calificación de empresa emergente.
Asimismo, se incluye la posibilidad de que las startups soliciten el aplazamiento de la deuda tributaria en el primer ejercicio en el que la base imponible sea positiva y en el siguiente. Además, para fomentar el impulso a la inversión en el ecosistema emprendedor, se eleva de 60.000 a 100.000 euros anuales la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, así como el tipo de deducción (al 40%) y el periodo cubierto (que pasa a 5 años en general y hasta 7 años para empresas en los ámbitos de biotecnología, energía e industria).
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