La Audiencia Nacional rechaza la suspensión cautelar del impuesto a la banca y a las energéticas
Resuelve la primera petición de medidas cautelares solicitada en un recurso que presentó Repsol
La Audiencia Nacional ha rechazado la suspensión cautelar de la orden del Ministerio de Hacienda que desarrolla la ley que recoge el gravamen temporal para las empresas energéticas y de crédito.
La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha resuelto en un auto la primera petición de medidas cautelares solicitada en el recurso de Repsol contra los modelos 795, 796, 797 y 798 sobre el pago anticipado del gravamen temporal establecido por la mencionada Ley.
Este mismo jueves Kutxabank ha recurrido ante la Audiencia Nacional el impuesto extraordinario a la banca y había solicitado además su suspensión cautelar.
El Tribunal considera que rechazar la suspensión no supone un perjuicio irreparable puesto que en caso de estimarse finalmente el recurso se trataría de una situación perfectamente reversible mediante la devolución de lo pagado con el abono de los intereses preceptivos.
Temas
Más en Economía
-
Agricultores y ganaderos de Semilla y Belarra exigen con sus tractores en Navarra no validar el acuerdo con Mercosur
-
La Hacienda Foral roza en noviembre el objetivo de recaudación de 2025
-
La Agencia Tributaria desmantela una 'macrotrama' de fraude de más de 300 millones en el IVA de hidrocarburos
-
Enviar cartas será más caro: Correos subirá sus tarifas en 2026