El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Pamplona no da abasto con la solicitud de concursos de acreedores de personas endeudadas por motivos no vinculados a una actividad empresarial.

El informe Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales, publicado por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, desvela que entre enero y septiembre, Navarra ha registrado 245 concursos de acreedores de personas físicas no empresarias, es decir, aquellas que deben una cantidad de dinero ajena a un negocio y asociada, por ejemplo, a la hipoteca de una vivienda, a un préstamo de consumo o a una tarjeta de crédito revolving caracterizada por sus elevados intereses. En esta crítica situación, si las personas conservan un empleo sufren el embargo de su nómina, con la consiguiente repercusión negativa en su economía doméstica.

¿Por qué aumentan ahora?

María Gracia Iribarren Ribas, abogada especialista en procedimientos de insolvencia, atiende desde 2015 casos asociados a la Ley de Segunda Oportunidad. A pesar de que han pasado ocho años desde entonces, las personas arruinadas no suelen recurrir a esta vía por puro desconocimiento. A finales de septiembre del año pasado se aprobó un nuevo texto para adecuar la Ley Concursal a la directiva europea, el cual introduce modificaciones en torno a “la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, el relativo a la cancelación de las deudas en particulares”, aclara Iribarren. 

“La vivienda se presenta como uno de los bienes más valorados por los clientes. Por eso, luchan al máximo para evitar perderla”

María Gracia Iribarren Ribas - Abogada especialista en procedimientos de insolvencia y Ley de Segunda Oportunidad

Una de las novedades principales consiste en que a través del concurse el afectado tiene la posibilidad de conservar la vivienda mediante un plan de pago, aprobado por el juez. Por eso, este año han crecido los concursos de acreedores entre personas no empresarias, aclara esta abogada. Si hasta septiembre, los Juzgados de lo Mercantil en Navarra han contabilizado 245 concursos de este tipo de deudores no empresarios, en el mismo periodo del año pasado solo habían contabilizado 30.

Las personas que recurren a esta fórmula deben cumplir con una serie de requisitos: no tener antecedentes por delitos económicos; no generar una situación semejante en los siguientes cinco años; y que el concurso no sea declarado culpable, entre otros.

Iribarren detalla que se dan tres tipos de concurso: aquellos en los que la persona endeudada carece de patrimonio –denominados sin masa–; aquellos consistentes en afrontar un proceso de liquidación; y, por último, los concursos de liquidación con un plan de pagos. En este último se ha introducido el cambio que favorece conservar el inmueble. “La vivienda se presenta como uno de los bienes más valorados por los clientes. Por ese motivo, luchan al máximo para evitar perderla”, reitera María Gracia Iribarren.

Antes de octubre de 2022, por medio de la Ley de Segunda Oportunidad, se procedía a la liquidación de todo el patrimonio –incluida la vivienda– para cubrir el máximo de deuda. Una vez calculado cuánto dinero se había abonado con eso, el deudor quedaba exonerado del resto. Sin embargo, desde el año pasado, una persona física no empresaria puede lograr mantener su casa en propiedad. Para ello, el solicitante debe comunicar al Juzgado su interés por no perder la vivienda; y el propio concursado tiene que diseñar un plan de pagos al juez para abonar en un periodo concreto la cantidad que debe, después de haber liquidado el resto. 

Procedimiento exprés

Además, los concursos de particulares que declaran carecer de patrimonio –sin masa– se resuelven de manera exprés. La estadística de Nastat desvela que hasta septiembre un 74% de los procedimientos se han realizado de manera rápida. “Entre un mes o mes y medio este tipo de concursos pueden solucionarse”, recuerda María Gracia Iribarren. 

En un principio en aquellos casos en los que el concursado no dispone de masa, no se adjudica un administrador porque no existe nada para liquidar. Sin embargo, el juez informa a los diferentes acreedores –principalmente bancos– que disponen de 15 días para asignar a un administrador concursal para este proceso, cuyo coste deben asumir ellos. “La mayoría declina hacer uso de este derecho”, relata desde su experiencia la abogada especialista en este tipo de concursos.

Una vez que el juez comprueba el balance económico del propio concursado y el cumplimiento de cada una de las condiciones, se le perdona la deuda. “Estas personas logran que sus nóminas dejen de estar embargadas, porque han perdido la totalidad de su patrimonio”, subraya María Gracia Iribarren. Esta profesional ha vivido casos complicados, porque suelen sentir “vergüenza ante el hecho de que su fracaso pueda hacerse público”. Iribarren insiste en que, a diferencia de EEUU, “nuestro modelo social y cultural no sabe gestionar esa frustración”. Por eso, “cuando un juez dictamina la eximición de la deuda, descansan”, remarca.

¿Qué ocurre con los autónomos?

En cambio, la reforma de la ley Concursal no ha tenido la misma repercusión para que se beneficien los autónomos, ya que a pesar de que este año se han dado de baja 573 trabajadores por cuenta propia en Navarra, el informe de la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial solo ha detectado 31 concursos de acreedores presentados por personas naturales empresarias –asociadas a los autónomos– entre enero y septiembre. Esta cifra supone un 31% menos respecto al mismo periodo del año anterior, cuando se contabilizaron 45 concursos.

La normativa actual solo permite condonar un máximo de 10.000 euros de deuda de Hacienda y otros 10.000 euros de Seguridad Social, una cantidad que a veces no resuelve los problemas de estos profesionales por cuenta propia con estos organismos. Tanto la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) Navarra como UPTA-UGT coinciden en que los empleados por cuenta propia no usan el concurso de acreedores para solventar su endeudamiento.

¿Y con las empresas?

El informe destaca que el número de empresas concursadas en los nueve primeros meses ha aumentado un 39%, de 28 en 2022 a 39 este año. Administradores concursales preguntados por esta cuestión, consideran que la dificultad para devolver los préstamos ICO por la pandemia, tras la moratoria dada a las compañías, ha provocado un crecimiento de las antiguas suspensiones de pago. 

En total, Navarra casi ha triplicado hasta septiembre los concursos, de 113 en 2022 a 315 en 2023, entre personas naturales no empresarias principalmente; personas naturales empresarias y personas jurídicas.