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Sujetar a un adversario

Sujetar a un adversario

el fútbol es un juego de contactos y forcejeos, los jugadores en la pugna por el balón se empujan y sujetan levemente sin que estas acciones sean consideradas faltas en sí mismas, el árbitro debe valorar la intensidad de la acción y sancionar en atención a ella.

Sujetar a un contrario es una falta tipificada en la regla 12 del texto reglamentario y se sanciona cuando esa acción tiene cierta entidad por su propia intensidad o por el perjuicio que causa al adversario, se castiga siempre con tiro libre directo o penalti, con esto queda aclarada la decisión técnica pero merece la pena analizar la disciplinaria.

¿Después de una falta por sujetar se debe amonestar siempre? No, un simple agarrón se sancionará con una falta pero no debe amonestarse.

¿En qué casos debe sancionarse con tarjeta amarilla una falta por sujetar a un adversario? En dos casos, cuando ese agarrón corte un ataque prometedor del equipo adversario o cuando sea muy ostensible o persistente, en este caso la amonestación se producirá por conducta antideportiva.

¿Si el árbitro concede ventaja puede amonestar posteriormente al jugador que ha sujetado a su adversario? En el caso de haber intentado cortar un ataque prometedor no se deberá amonestar porque no se ha conseguido abortar el ataque, sin embargo en el agarrón ostensible sí se amonestará aunque se haya concedido ventaja porque se castiga la conducta antideportiva del infractor.

¿Puede expulsarse a un jugador por sujetar a un adversario? Sí, si ha impedido una ocasión manifiesta de gol, incluso si se ha producido dentro del área y el árbitro ha sancionado penalti.

Hasta aquí la teoría, en la práctica, como siempre, aparecerán jugadas grises de difícil encuadre en las que público y jugadores arrimarán el ascua a su sardina y el árbitro, también como siempre, se verá obligado a decidir. Así es nuestro juego.