La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un proceso obligatorio que garantiza que los vehículos en circulación cumplan con los requisitos de seguridad y emisiones exigidos por la normativa vigente.
Garantizar que los vehículos se encuentran en condiciones adecuadas para su circulación por la vía pública
Un proceso cuyo objetivo es garantizar que los vehículos se encuentran en condiciones adecuadas para su circulación por la vía pública. O lo que es lo mismo, prevenir accidentes y reducir el impacto ambiental en los automóviles. Según se indica desde el Gobierno de España, en el territorio la ITV se desarrolla según lo establecido en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
Sistema de frenos, luces, neumáticos, suspensión, dirección, emisiones de gases y otros aspectos de seguridad
Una inspección en la que los técnicos revisan elementos como el sistema de frenos, luces, neumáticos, suspensión, dirección, emisiones de gases y otros aspectos de seguridad. En caso de encontrar algún fallo, el propietario debe repararlo y volver a presentar el vehículo para su aprobación.
"Turismos: Cuatro años después de la fecha de la primera matriculación, y a partir de entonces, cada dos años. Si el vehículo tiene más de diez años entonces la ITV se hace cada año. Motocicletas y cuatriciclos: Cuatro años después de la fecha de la primera matriculación, y a partir de entonces, cada dos años. Autobuses: Cinco años después de la fecha de matriculación y a partir de ahí semestral. Ciclomotores: Tres años después de la fecha de matriculación y a partir de ahí cada dos años", detallan desde el Ministerio de Industria y Turismo.
Los vehículos históricos que no tendrán que pasar la ITV nunca más, según un abogado
"Si tienes el siguiente coche, atento porque ya no vas a tener que pasar la ITV nunca más. Desde este junio de 2025, ha entrado en vigor el cambio más esperado en la normativa de vehículos históricos. Todo esto viene de Real Decreto 892/2024 que modificó el reglamento general de vehículos y el de vehículos históricos", comienza planteando el abogado Xavi Abat, conocido como @elabogadodetiktok.
"Desde 1/10/2024 ya se liberaron de la ITV obligatoria los vehículos con más de 60 años, es decir, matriculados antes de 1965. Ahora, con la última actualización que acaba de entrar en vigor este mes de junio, también quedan exentos lo matriculados antes del 01/01/1950. ¿Qué significa esto en la práctica? Que si tienes un coche, una moto o un ciclomotor con más de 60 años o de antes de 1950, ya no estás obligado a pasar revisiones periódicas de ITV, solo si quieres hacerlo de manera voluntaria, por seguridad o porque te da la real gana. Pero ojo que esto no es barra libre. Estos vehículos históricos tienen límites claros que tienes que conocer. Máximo 96 días de circulación al año, no puedes dedicarte al trasporte habitual de mercancías, ni pasarte el día paseando por zonas de bajas emisiones (ZBE). Si tu vehículo tiene entre 30 y 60 años, tampoco te libras del todo, pero la ITV será más relajada. Cada 2, 3 o 4 años según la antigüedad. Si tu coche es normal, de los años 80, 90 o 2000, lo siento, seguirás con tu ITV de siempre. Así que, si eres amante de los clásicos, coleccionista o simplemente tienes un coche de tu abuelo criando polvo en el garaje, esta es tu oportunidad para darle uso sin tanta burocracia", explica de manera detallada el abogado y creador de contenido.