alsasua. El Pleno del Ayuntamiento de Alsasua aprobó por unanimidad la modificación del artículo 62.8 del Plan Municipal referente al cierre de parcelas, que establecía que en el límite con camino o espacio público, el cierre de la finca se debía retranquear 3 metros. Tras la modificación aprobada inicialmente la pasada semana, este límite quedó establecido en 0,5 metros.
Según explicó la alcaldesa, Garazi Urrestarazu, el tema se estudió en la comisión de Urbanismo a petición de varios vecinos. "Nos pareció que 3 metros era excesivo. Hay fincas estrechas que se quedan en nada", señaló.
En relación al carácter retroactivo que podría tener para propietarios que han cerrado sus fincas y la conveniencia de comunicarles la nueva normativa, tal y como sugirió la portavoz de NaBai, Asun Fernández de Garaialde, Urrestarazu señaló que la modificación deberá someterse a exposición pública y que en función de las alegaciones, y antes de su aprobación definitiva, se valorará su retroactividad o no.
El resto del artículo que determina los requisitos del cierre de parcelas permanecerá igual. Así, se establece que para cualquier tipo de cierre se deberá solicitar licencia municipal de obras. Se deberá aportar cédula parcelaria y escritura de propiedad, presupuesto de la obra a realizar y croquis en el que se definan sus características.
En fincas de suelo urbano, el cierre de la parcela no excederá de 2,5 metros de altura y sólo podrá ser de obra hasta 1,25 metros. El material empleado en su construcción será el mismo aplicado a la edificación y su diseño guardará, si es posible, relación con ella.
Por otro lado, en fincas de suelo urbanizable y no urbanizable, el cierre tampoco podrá exceder de 2,5 metros de altura. Los piquetes autorizados serán exclusivamente de madera o perfilaría metálica, prohibiéndose expresamente las pilastras de fábrica y hormigón. Las verjas se podrán conformar mediante mallazo o alambre, que en el límite con camino o cualquier espacio público, no podrá ser de espino o similar.
En caso de que la parcela linde con carretera, cauce hidráulico o ferrocarril, entre otros supuestos, se deberán cumplir los requisitos de la legislación sectorial.