CON la entrada en vigor el pasado año del Real Decreto-Ley 16/ 2012 de 20 de Abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y la seguridad de sus prestaciones, se implantó la fórmula del copago farmacéutico por la que, dependiendo de los ingresos económicos, la persona debe contribuir con un determinado porcentaje de dinero a la financiación de la prestación farmacéutica.
Transcurrido algo más de un año desde su aplicación, los resultados son los siguientes:
Entre los grupos de asegurados que cuentan con exención de pago no se incluyen a los parados sin prestaciones ni a los trabajadores y /o pensionistas con remuneraciones y/o pensiones, respectivamente, de cuantías bajas, inferiores incluso al salario mínimo profesional.
Por carecer tanto de un sistema de información adecuado como de un soporte informático ágil, solvente y previsiblemente preparado con anterioridad a esta medida, las personas perteneciente a algunos grupos a los que se les debe aplicar la exención se han beneficiado muy tarde de ella: por un lado, la persona lo desconocía y, por otro lado, no ha habido conexión directa entre administraciones (Tesorería y Asuntos Sociales del Gobierno de Navarra). Sin embargo, a pesar de este error, en ningún caso atribuible a la persona, aún cuando esta lo reclame, no se aplican criterios de retroactividad y, por consiguiente, no recupera el dinero pagado indebidamente.
Las franjas de ingresos anuales sobre las que se aplica el porcentaje a pagar son muy amplias, de manera que aunque se señalen distintos topes de gasto, resulta llamativo que paga igualmente, por ejemplificar, un 50%, quien percibe 18.000 euros/año o quien cuenta con 100.000 euros/año.
Las consecuencias que se están derivando de estas medidas son muy graves, tanto para la persona que, necesitando medicamentos no los puede adquirir, pues se considera que se está vulnerando su derecho a la salud y a la integridad física, como para el propio sistema sanitario que verá aumentar sus gastos generados por complicaciones de patologías mal compensadas.
Por todo ello, la Asociación para la Defensa de la Salud Pública de Navarra denuncia esta situación y se hace eco de lo ya solicitado recientemente por el Defensor del Pueblo, Francisco Javier Enériz, respecto a que la exención de pago se amplíe a aquellas personas con recursos de baja y/o inexistente cuantía.
Mariví Mateo García y Luisa Jusué Rípodas
En nombre de la Asociación para la Defensa de la Salud Pública de Navarra