El Supremo ha condenado a los miembros de La Manada a 15 años al calificar los hechos como delito continuado de violación sexual en grupo. Juristas de renombre consideran que la sentencia ha sido puramente política. No merece la pena entrar en disquisiciones sobre su contenido técnico, pues ello supone perder perspectiva en un mar de argumentos jurídicos que ocultan lo esencial, que supone que la Audiencia Provincial de Navarra les condenó a 9 años por abuso sexual y les dejó libres hasta que el Supremo ha emitido la sentencia al recurso que ahora les condena definitivamente. La ciudadanía no entendía que dicho tribunal, ante hechos probados tan contundentes, les condenara a 9 años por abusos sexuales, y que uno de ellos, el juez Ricardo Javier González González, en voto particular, les declarara inocentes definiendo la escena de “jolgorio”. Una vez que el Supremo emite su fallo inapelable la ciudadanía se pregunta si dicho juez no debería ser motivo de algún tipo de reproche aunque el sistema de garantías de la justicia tenga instrumentos para rectificar errores, pues lo que se pone de manifiesto es que ese juez, ante pruebas tan alarmantes para la paz social, no está capacitado para administrar justicia. Sí debería ser examinado por algún servicio de inspección oficial dado que existen síntomas de que puede sufrir alguna irregularidad que limite sus facultades mentales para ejercer con plenitud sus funciones al emitir sentencias. El propio ministro de Justicia así lo denunció. El argumento de la libertad de la justicia no se puede contraponer al de que los jueces emiten justicia en nombre del pueblo, pues son los jueces los que tienen que responder ante la ciudadanía de que sus sentencias son justas.