Los empleados de Banca jubilados de Pamplona, Tudela y La Ribera queremos manifestar nuestro malestar por la actuación del Gobierno de Navarra por las demandas ante la Hacienda Foral del colectivo de mutualistas.

En el año 2020, se aprueba la Ley Foral 29/2019, del 23-12-12 con entrada en vigor el 1 de enero de 2020 (disposición transitoria segunda). Siendo ésta la barrera que el Gobierno de Navarra justifica para las desestimaciones de nuestras legítimas reclamaciones. Justo después de las primeras reclamaciones efectuadas por nuestro colectivo en el año 2019. ¿Qué motivó la modificación y en la fecha en que se hizo? ¿Qué motivos existían para justificar este cambio normativo? Ya que el Supremo en sentencia 707/23 del 28 febrero de 2023 confirma que se habían hecho aportaciones/cotizaciones a la Mutualidad Laboral hasta su extinción el 31-12-1978.

Entendemos que la defensa de los intereses de Navarra y de los ciudadanos navarros se debiera hacer ante el Estado, ya que si esta circunstancia supone que exista una menor recaudación debido a nuestras demandas, este desfase debiera compensarse en el Convenio Económico, donde suponemos existirán índices correctores para posibles imprevistos.

Tomemos nota de cómo están actuando otras Haciendas.

La Hacienda de Guipúzcoa ha diseñado un impreso muy sencillo, donde piden solamente la identificación de la persona y contacto, para solucionar las reclamaciones.

La Hacienda estatal abre una vía rápida para devolver el IRPF a los pensionistas por las mutualidades. Publicará un formulario en su página web a partir del 20 de marzo, donde solicitar los años no prescritos, es decir, desde 2019.

Nuestras demandas son las siguientes:

1º Derogar la transitoria segunda, desde su promulgación para que se aplique el apartado 3º (del presente escrito), por injusta y discriminatoria del resto de los compañeros empleados de Banca del resto del Estado (jubilados).

2º Resolución a favor de los demandantes en aquellas reclamaciones que se encuentran en el Tribunal Económico Administrativo Foral de Navarra.

3º Igualmente se resuelvan favorablemente las revisiones correspondientes a los ejercicios de los años 2019, 2020, 2021 y 2022, que se van a solicitar antes de que prescriban.

4º Que para el presente ejercicio del IRPF y sucesivos, se habilite una herramienta en el programa de la Renta, que aplique el tanto por ciento que corresponda a cada contribuyente.

Agradecer a los grupos que se han puesto en contacto con nosotros mostrándonos su adhesión y apoyo, entendemos que no se puedan hacer públicos los acuerdos que se vayan alcanzando hasta una aprobación de los mismos. Pero les animamos a que puedan llegar a un consenso, que tomen nota de cómo están actuando otras Haciendas y que apoyen nuestras demandas y encuentren las vías para la solución que exponemos. En los debates y conclusiones veremos qué grupos políticos han sido los que defienden nuestras propuestas.