MADRID. En un auto notificado hoy, el tribunal entiende que la cuestión debía haberse planteado ante la jurisdicción contencioso-administrativa y no ante lo social, ya que el calendario de Liga fue aprobado por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), por delegación del Consejo Superior de Deportes (CSD), en un acto que considera administrativo.
La decisión, adoptada por unanimidad, supone que los partidos de Liga fijados para el próximo día 2 se disputarán según lo previsto, ya que aunque la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) planteara una nueva demanda ante la instancia competente, ésta no podría resolverse a tiempo porque los días 31 de diciembre y 1 de enero son inhábiles.
Los partidos quen estaban en litigio son cinco de Primera y 10 de Segunda. Los de la máxima categoría son Athletic de Bilbao-Deportivo, Barcelona-Levante, Sporting de Gijón-Málaga, Sevilla-Osasuna y Valencia-Esañol.
Los magistrados de la sala de lo social de la Audiencia Ricardo Bodas, Manuel Poves y Enrique de No Alonso-Misol han estimado la "excepción de incompetencia" planteada en la vista de ayer, miércoles, por la Liga de Fútbol Profesional (LFP), contra la que la AFE se había dirigido al entender que la celebración de partidos el 2 de enero vulneraba el convenio colectivo firmado por ambas partes.
La sala entiende que acceder a la petición de la AFE supondría una alteración del calendario de competición, en lo que sería un acto administativo que corresponde conocer a la jurisdicción contencioso-administrativa y no a la social, que se ocupa de las cuestiones laborales.
Los magistrados, en cualquier caso, admiten que no hubo acuerdo entre las partes para consensuar un calendario de competición y que, a pesar de ello, la LFP propuso a la RFEF jugar partidos el 2 de enero, aunque en el convenio colectivo se había pactado expresamente que no se disputarían encuentros en esa fecha.
El tribunal añade que, desde que la AFE tuvo conocimiento de esa circunstancia el pasado mes de julio, podía haber planteado un conflicto colectivo o una demanda de medida cautelar, en cuyo caso sí habría sido competente la sala de lo social.
Una vez aprobado el calendario por la RFEF, sin embargo, se considera que es un acto administrativo.
Tras el fallo, el presidente de la LFP, José Luis Astiazarán, expresó su satisfacción por la decisión de la Audiencia Nacional que permite que la próxima jornada se dispute según lo previsto, ya que es beneficiosa para todo el mundo.
"Lo más importante es que va a haber fútbol el fin de semana", afirmó.
Por su parte, el presidente de la AFE, Luis Manuel Rubiales, aseguró que los jugadores salen "reforzados" tras la decisión de la Audiencia, ya que se "reconoce que ha habido una vulneración del Convenio Colectivo y la va a haber este domingo".
Rubiales anunció que el sindicato estudiará ahora si acude a la vía contencioso-administrativa para hacer una reclamación por daños y perjuicios a los futbolistas al tener que jugar el 2 de enero.
"La LFP decía que el hecho de que se juegue el domingo valía entre 16 y 18 millones de euros, pues tendremos que plantearnos si los daños y perjuicios que se les causan a los jugadores tienen que ir en esa línea también", comentó.
Los abogados de la AFE confirmaron que reclamarán daños y perjuicios por la disputa de partidos el día 2, ya que es "una actuación ilegítima" porque el Convenio Colectivo excluye esa fecha para la celebración de encuentros de liga.
"No adoptada la medida cautelar, la AFE dará indicación a todos los profesionales de que se celebren los partidos, pero está claro que se están conculcando derechos. AFE va a dejar dicho que va a reclamar daños y perjuicios derivados de una actuación que se está diciendo que es ilegítma", declaró Abdón Pedrajas, abogado del sindicato.
El letrado sostuvo que la sentencia reafirma los derechos de la AFE, ya que en sus fundamentos jurídicos manifiesta que queda acreditado el incumplimientos del convenio "porque el calendario no se aprobó de mutuo acuerdo y porque se señaló la jornada del día 2 como de competición".
"Tenemos que estudiar a fondo la resolución y si cabe recurso ante la sala de lo social del Tribunal Supremo", añadió.