El partido del próximo sábado 24 de octubre que Osasuna disputará ante el Athletic en El Sadar, el partido del centenario del club rojillo, cambia de horario una vez más y finalmente será a las 18:30 horas.

Esta es la segunda modificación del horario del encuentro de los rojillos, que en un primer momento se programó para el 26 de octubre y luego el 24 a las 13 h. Qué poca seriedad.

La Liga también cambia el Valladolid-Alavés, que se jugará el domingo a las 14.00 horas. De esta forma se atienen a la orden del Consejo Superior de Deportes, que establece las mañanas de los sábados y los domingos en exclusiva para el fútbol no profesional y para el femenino.Además, el Alcorcón-Mallorca se pasará al lunes a las 18.00 horas.

LaLiga manifestó ayer su "absoluta disconformidad" con el fallo del Juzgado de lo Mercantil número 2 contra la celebración de partidos los viernes y los lunes y anunció que "mantendrá los horarios y fechas de los encuentros ya programados atendiendo a lo resuelto por el Consejo Superior de Deportes".

La patronal señaló en un comunicado que "atendiendo a lo ya resuelto por el CSD y siendo que ningún fallo judicial prohíbe la celebración de partidos los lunes y los viernes, mantendrá los horarios y fechas de los encuentros ya programados".

Para LaLiga la resolución del juez conocida este martes, después de la que emitió en mayo tras la celebración del juicio, "resulta inocua, pues como el propio juez refería en la sentencia dictada el pasado 27 de mayo en su página 38, es atribución legal del CSD la resolución de los conflictos de competencias".

"La diferencia de criterio, no solo con la resolución del CSD del pasado 16 de octubre sino, sobre todo, con lo señalado por el tribunal superior sorprende profundamente a LaLiga que procederá al estudio de la conducta de Su Señoría", indicó.

El juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid hizo pública este martes la resolución que desestima íntegramente la solicitud del mantenimiento de las medidas cautelares acordadas por la Audiencia Provincial para la celebración de partidos los viernes y los lunes realizada por LaLiga.

El juez, Andrés Sánchez Magro, como ya hizo en la sentencia de mayo pasado tras el juicio celebrado en febrero, emplaza de nuevo a LaLiga y la Federación Española de Fútbol (RFEF) a "negociar de buena fe" el calendario de La Liga, en cumplimiento de una exigencia legal y "para que se coordine el interés del fútbol profesional con el del fútbol no profesional".

El pronunciamiento del juez se ha conocido cuatro días después de la resolución de la presidenta del Consejo Superior de Deportes (CSD), Irene Lozano, que autoriza la celebración de partidos de Primera y Segunda los viernes y los lunes con ciertas condiciones.

Entre éstas que sea en un máximo de 20 jornadas por temporada, sin incluir festivos y un solo partido por jornada y fijar una franja horaria -delimitada y reservada, hasta las 14:00 horas de sábados y domingos- para la celebración y eventual retransmisión de partidos de la Primera femenina y el resto de categorías.

En el fallo conocido ayer y en el emitido tras el juicio de febrero el juez también emplazó a las partes a alcanzar un acuerdo ya que el vigente Convenio de Coordinación desde 2019, al contrario de lo que ocurría en los precedentes, no recoge precisión alguna sobre la posible disputa de partidos fuera de la jornada oficial (sábado/domingo).

Entonces señaló que en el hipotético caso de que las partes no alcanzaron un acuerdo, como hicieron en temporadas anteriores, sobre la cantidad económica que LaLiga debe abonar a la RFEF para extender la jornada a los viernes y los lunes tendrá que ser el CSD el que determine "la cantidad ajustada a las circunstancias y los hechos"

LaLiga también llevó el caso a la Audiencia Provincial de Madrid, cuya sección 28 estimó a principios de junio la petición de medidas cautelares y dictó el cese de cualquier actuación tendente a impedir que ésta cumpla las condiciones de comercialización suscritas con los operadores.

Contra la resolución del juzgado de lo Mercantil de hoy cabe la interposición de recurso de apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, la competente en asuntos de naturaleza jurídica mercantil, en el plazo de veinte días.