La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a un hombre a 18 meses de prisión por un delito de apropiación indebida tras sustraer 149.000 euros de la cuenta bancaria de su amigo íntimo en los días inmediatamente posteriores al fallecimiento de este en Pamplona.

Según los hechos probados por conformidad de las partes, el acusado y la víctima mantenían una estrecha relación de amistad desde 1961, cuando comenzaron a trabajar juntos. Con el paso de los años y ante el deterioro de la salud del anciano, este depositó su plena confianza en el acusado, y llegó a facilitarle las claves de acceso a su cuenta bancaria y a asociar el teléfono móvil del acusado a dicha cuenta para facilitar la gestión de sus finanzas.

El hombre falleció el 30 de enero de 2018 sin haber otorgado testamento y en los apenas seis días que transcurrieron desde su muerte hasta el 5 de febrero de ese mismo año, el acusado aprovechó las credenciales que le había confiado su amigo para ordenar la venta de valores bursátiles e inmediatamente transferir el dinero resultante a una cuenta bancaria de la que era cotitular junto a su esposa. También realizó retiradas de efectivo en cajero automático. El importe total defraudado ascendió a 149.000 euros.

Siete primos

El difunto no había dejado testamento, por lo que sus siete primos fueron declarados herederos en partes iguales mediante acta notarial iniciada en mayo de 2019. Cinco de ellos presentaron la denuncia que dio origen al procedimiento judicial que se ha dirimido en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra.

Delito de apropiación indebida. La acusación particular llegó a solicitar hasta 7 años de prisión por un delito continuado de apropiación indebida, o alternativamente de estafa, además de la indemnización íntegra de los 149.000 euros sustraídos. El Ministerio Fiscal, por su parte, partía de una petición inicial de 5 años de prisión.

Sin embargo, en el acto del juicio oral ambas acusaciones rebajaron sus pretensiones a 18 meses de prisión y una multa de 900 euros, calificación que el acusado aceptó expresamente. No obstante, la pena de prisión queda en suspenso durante un periodo de 2 años, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir durante ese tiempo, indica la resolución.

En la vista se entregaron, además, 3.000 euros que el acusado había consignado previamente como pago parcial de la responsabilidad civil. El condenado queda obligado, asimismo, a indemnizar a los cinco herederos denunciantes con el total de 149.000 euros más los intereses legales correspondientes.