El omnipresente presidente de la Liga de Fútbol Profesional, Javier Tebas, juez y parte en el caso Vizcay, interesado hasta el tuétano en que se diera un buen escarmiento en los tribunales a los exrectores del club rojillo después de todo lo que había piado el gerente del club, ha salido bien escaldado en sus tesis una vez que se ha conocido la sentencia del Tribunal Supremo que pone epílogo al procedimiento. La Liga se encargó ayer de difundir a través de un comunicado que advertía que, si bien la sentencia estima que las primas a terceros por ganar no serán delito, sí podrán ser objeto de expediente disciplinario y ser sancionadas en el ámbito federativo. La Liga sacaba un mensaje casi triunfante después de la resolución, pero lo cierto es que los estamentos deportivos ya sancionaban dichas primas antes y después de esta resolución del caso Osasuna y lo seguirán haciendo. Pero lo que no ha conseguido Tebas, pese a que la Audiencia navarra dijo en un primer momento que era delito tanto la prima por ganar como por perder, es hacer realidad su tesis de que las primas a terceros por ganar (como la que Osasuna pagó al Betis en aquella temporada 2013-14 para que venciera al Valladolid en la penúltima jornada de Liga) puedan tener una responsabilidad penal.

Una vez que Tebas declaró en la Audiencia navarra a raíz de este caso dejó clara su tesis acerca de las primas. Pese a que en el momento en el que el presidente de la Liga interpuso su querella por los presuntos amaños de Osasuna en el año 2015 ya decía que podían ser incentivos legales aquellas primas, luego, en 2020, cuando declaró en la vista oral que había “cambiado de opinión” a este respecto. “Tengo una opinión jurídica diferente respecto a la que tenía. Como el Supremo cuando cambia de doctrina, yo también he cambiado de pensamiento y creo que primar por ganar es un delito” porque adultera la competición y se ven beneficiados aquellos equipos con mayor músculo económico.

La cuestión es que el Supremo sentó doctrina este pasado jueves y estableció que primar a un deportista por ganar no puede ser delito. El artículo del Código Penal que habla de la corrupción deportiva castiga “aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesional”. La Liga ha conseguido en este procedimiento la primera condena por este delito, debido a que el Supremo considera que Osasuna también pagó al Betis para que perdiera en Pamplona en la última jornada. Ello le ha valido para que, por ejemplo, Xavi Torres y Antonio Amaya, los copartícipes del amaño en el Betis, sean los primeros futbolistas castigados en España con penas de prisión e inhabilitación para jugar como profesionales.

Pero el Supremo le ha dejado claro a Tebas que no siga por ese camino. Dice la sentencia que “un jugador puede, con su actuación, como una opción posible, perder un encuentro, pero no ganarlo. Y no puede ganarlo porque no depende exclusivamente de su voluntad, sino de otros factores. Y lo que no puede conseguirse voluntariamente, porque es imposible, tampoco puede ser sancionable penalmente. Pensemos en una final de futbol: por más dinero con que se prime a los jugadores de uno de los dos equipos contendientes, no puede asegurarse el resultado de ganar el trofeo en que consista la competición”.