La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pamplona ha aprobado el proyecto de modificaciones de las ordenanzas fiscales y normas reguladoras de precio públicos para 2023, que irá a pleno en octubre y que con criterio general congela tarifas y como novedad reduce un 20 % tarjetas de residente y actividad para la zona azul.

La modificación, según detalla el Consistorio, incluye la reducción de un 20 % de la tarifa por expedición de tarjetas de residente y de actividad para las zonas de estacionamiento regulado. Esa reducción de la recaudación se cuantifica en unos 472.000 euros, si se extrapolan los datos de 2022, año en el que se expidieron 1.115 tarjetas de actividad y 43.020 tarjetas de residentes

Para el año que viene, el Ayuntamiento quiere suprimir la exención de las tasas de ocupación de la vía pública para las terrazas de hostelería. Esa suspensión de tasas fue una medida tomada en los años 2020, 2021 y 2022 para paliar las consecuencias de la covid en el sector hostelero y ahora se considera que la normalidad social y sanitaria favorece su reversión con lo que el Ayuntamiento podría volver a ingresar alrededor de 550.000 euros.

Se consolida, asimismo, la gratuidad de las escuelas infantiles municipales de Pamplona, donde las personas usuarias seguirán pagando servicios como el comedor, pero no las tarifas de escolaridad.

La propuesta de modificación del tipo de gravamen de la contribución es una actualización tendente a mantener el importe de la recaudación y la presión fiscal, en compensación a la reducción del valor catastral de la ciudad.

El proyecto incluye en su expediente la justificación para aprobar precios públicos por debajo de costes en servicios como el uso de instalaciones deportivas, la utilización de locales e instalaciones escolares municipales, la presentación de servicios para personas mayores o los precios por matrículas en Catalina de Oscáriz y Joaquín Maya, entre otros.

La Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra señala que "el importe de los precios públicos deberá cubrir como mínimo el coste del servicio prestado o de la actividad realizada". No obstante, "cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del límite previsto en el apartado anterior".