El Parlamento de Navarra camina hacia el desbloqueo que permita a secretarios e interventores tomar posesión de sus plazas. El proceso se encuentra paralizado a la espera de que el Tribunal Constitucional (TC) resuelva la duda que le trasladó el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) tras haber aceptado el recurso planteado por opositores disconformes con el baremo aplicado en el concurso de méritos, ya que la ley establece que la toma de posesión de los cuatro procesos selectivos (traslado interno, oposición, méritos y turno libre) debe hacerse a la vez.

Para evitar que esta situación se demore, debido a que el fallo del TC puede dilatarse, los grupos parlamentarios llevan tiempo trabajando en la búsqueda de una solución a este enrevesado asunto, que este jueves se debate y vota en el pleno sin tener garantizado que vaya a contar con la necesaria mayoría absoluta. Como anticipo, este martes la Comisión de Cohesión Territorial aprobó el dictamen de la propuesta de modificación de la Ley Foral 16/2022, de 30 de mayo, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de Navarra, presentada por el PPN.

CONTRATACIÓN TEMPORAL

El dictamen aprobado contiene como principal novedad una enmienda del PSN que contempla habilitar una lista de aspirantes a la contratación temporal, de carácter subsidiario respecto a las derivadas de las convocatorias en turno libre y del proceso de estabilización (ambas por concurso-oposición), integrada por aspirantes con propuestas de nombramiento y habilitación que dimanen del sistema excepcional del concurso de méritos. Dicha enmienda recibió el respaldo adicional de Geroa Bai, PPN y Contigo-Zurekin y las abstenciones de UPN y EH Bildu, en tanto que el representante del grupo mixto (Vox) no asistió.

La proposición de Ley Foral impulsada por el PPN tiene por objeto suprimir el apartado 2 del artículo 8 de la Ley Foral 16/2022, por el que se contempla que “quienes resulten adjudicatarios de los concursos extraordinarios de méritos contemplados en el artículo 1 tomarán posesión en los puestos para los que hubiesen sido nombrados en la misma fecha que quienes obtengan habilitación foral como consecuencia de los procesos selectivos contemplados en los artículos 3 a 7 anteriores”.

El PPN defiende que ese apartado 2 ha caído en contradicción con las razones de eficacia administrativa que aconsejaban una toma de posesión conjunta de los citados puestos, dada la parálisis que existe en la adjudicación de plazas por el recurso que se encuentra en el TC. A esta situación se ha llegado por la decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN, que el 10 de septiembre de 2024 acordó plantear cuestión de inconstitucionalidad contra los apartados 1 y 2 del artículo 6 de la Ley Foral 16/2022, que regula el proceso excepcional de acceso a la Función Pública por concurso de méritos.

ALTA INTERINIDAD

La Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, estipula que, con carácter general, el ejercicio de las funciones públicas necesarias de Secretaría e Intervención queda reservado exclusivamente a personal funcionario con habilitación conferida por la Administración de la Comunidad Foral. La proposición de ley del PPN indica que son precisamente los puestos de Secretaría e Intervención de las entidades locales los que concitan una grave situación de interinidad, prolongada a lo largo de los años por la supeditación de la provisión funcionarial de los mismos a la eventual reestructuración del mapa local.

LAS ENMIENDAS

La Comisión debatió otras cuatro enmiendas, todas de EH Bildu, entre ellas una de supresión del artículo único, cuya aprobación hubiera vaciado de contenido la proposición de Ley. Sin ningún apoyo, todas fueron desestimadas con los votos en contra de UPN, PSN, Geroa Bai, PPN y Contigo-Zurekin. EH Bildu planteó la sustitución del texto de la proposición de Ley del PPN por el contenido de dos enmiendas que hubieran permitido mantener la “coherencia” de la Ley Foral 16/2022 con una simple “adecuación” del preámbulo.

En concreto, EH Bildu defendía incluir a todo el personal contratado administrativo, también al que cese a consecuencia de las tomas de posesión derivadas del proceso de traslados y del turno libre por concurso oposición, entre los beneficiarios de la compensación económica (indemnización) que la Ley Foral 16/2022 prevé para los y las que resulten depuestos a consecuencia de los procesos selectivos de estabilización (por concurso-oposición y por méritos) de puestos reservados a funcionarios con habilitación.

El abono de la citada compensación se realizaría con cargo al fondo extraordinario que, dotado con remanente de tesorería afecto al Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra, se prevé en el apartado 6 del artículo 7 de la Ley Foral 16/2022. Dicho capital debería alcanzar para sufragar de forma íntegra las indemnizaciones de todo el personal afectado que, estando en activo, lo reclamase a partir de su cese efectivo. Igual que para los damnificados por los procesos de estabilización, la reparación a la que tendría derecho el resto del personal contratado administrativo equivaldría a “20 días por año de servicio, hasta un máximo de 12 mensualidades”.

En ese contexto, EH Bildu propuso crear una lista de contratación temporal en régimen administrativo para, mientras el TC no resuelva las cuestiones de inconstitucionalidad planteada por el TSJN, poder atender las necesidades de Secretaría e Intervención de las entidades locales de Navarra que lo demanden. En atención al orden de prelación propugnado por EH Bildu, la relación de aspirantes producto del concurso de traslados tendría preferencia, sucesivamente, sobre las de concurso-oposición en turno libre, estabilización por concurso-oposición, y estabilización por concurso de méritos.

La cifra

  • 26 votos. La propuesta del PPN de modificación de la ley 16/2022 para la reducción de la temporalidad de los funcionarios necesita mayoría absoluta para ser aprobada. Es decir, debe contar con al menos 26 votos a favor.
  • ¿En manos de Nosti? Dado que UPN (15 votos) y EH Bildu (9) han dado a entender que se abstendrán, la modificación que se debate y vota en el pleno del Parlamento de este jueves necesita el voto favorable de los otros 26 parlamentarios de la Cámara: 11 del PSN, 7 de Geroa Bai, 3 del PPN, 3 de Contigo-Zurekin, 1 del grupo mixto (el parlamentario de Vox) y el de Maite Nosti, la parlamentaria no adscrita, que se encuentra en esta situación desde que decidió darse de baja en Vox. El sentido de su voto puede que decante la votación.