Los bares podrán vender tabaco si no hay puntos de distribución cercanos
El Ministerio de Sanidad y Política Social plantea permitir la venta detabaco en los locales de ocio y establecimientos de hostelería mediantemáquinas expendedoras en las zonas donde no existan otros puntos dedistribución.
MADRID. El argumentario de la reforma de la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo, plantea autorizar en esos casos la venta de tabaco en estos locales a través de máquinas expendedoras.
La reforma de la normativa vigente plantea prohibir fumar en todos los espacios públicos cerrados, especialmente locales de ocio y establecimientos de hostelería.
El objetivo de la reforma es cumplir con las directrices europeas en materia de control de tabaquismo y corregir las excepciones que presenta la legislación actual, y hace especial hincapié en el derecho a la protección de la salud de todos los ciudadanos.
La reforma de la legislación actual es, según el citado texto, "imprescindible" para garantizar la equidad de la aplicación de la normativa en todo el territorio, así como la igualdad del acceso de toda la población a los beneficios de salud pública.
Destaca que no existen lugares de ocio sin humo en los pueblos y zonas rurales, lo que "contribuye a incrementar las desigualdades respecto a las grandes urbes y hace que las familias con hijos menores no puedan disponer de alternativas libres de humo".
En cuanto al impacto económico de la ley vigente en el sector hostelero, concluye que no ha tenido ningún efecto negativo sobre el volumen de negocio, ni sobre el número de ocupados del sector hostelero.
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