Síguenos en redes sociales:

Desestiman que Sakana deba pagar por los daños que causó en un coche el fuego de unos contenedores en Alsasua

el juez asegura que la responsabilidad del incendio de 2008 no se puede achacar a la mancomunidad

pamplona. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Tres de Pamplona ha desestimado el recurso presentado por un particular que reclamaba a la Mancomunidad de Sakana una indemnización por los daños sufridos en su vehículo por el incendio de unos contenedores en Alsasua en abril de 2008. En la madrugada del 26 de abril de 2008, se relata en la sentencia, el incendio de unos contenedores de basura y vidrio en una calle de Alsasua causó daños en una furgoneta Ford Transit, por lo que el recurrente solicitaba una indemnización que fue denegada por silencio administrativo.

En el fallo, el magistrado señala que, para poder declarar la responsabilidad de una administración pública es necesario que el daño sea consecuencia del funcionamiento del servicio público, pero considera que en este caso no se puede achacar el incendio de los contenedores al servicio de recogida de basuras. Por el contrario, el recurrente consideraba que el daño sí es consecuencia del funcionamiento del servicio público de recogida de basuras y la falta de vigilancia tanto en los contenedores -que según alega se encuentran en ocasiones desbordados de basura- como en terceros que no lo provoquen.

por culpa de un tercero Sin embargo, el juez afirma que "es indiferente el nivel de basura que un contenedor pueda tener, pues resulta evidente que el hecho de la combustión dependerá en buena medida de la intencionalidad de un sujeto a la hora de prenderle fuego".

Al respecto, en la sentencia se indica que no hay pruebas de que dicho servicio actuara de manera negligente y que por este motivo se declarara el incendio o que el mismo fuera causado por alguien relacionado con la gestión del servicio, ya que el fuego fue debido a una tercera persona que no fue identificada.