PAMPLONA. Según recoge el fallo, la mujer ingirió el medicamento en su domicilio de Pamplona estando embarazada de entre 16 y 20 semanas con el ánimo de terminar con la gestación. El fármaco le produjo efectivamente la expulsión prematura del feto "sin posibilidad de supervivencia".
La juez indica que la ley sanciona a la mujer que produce su aborto fuera de los casos permitidos por la ley y recuerda que la norma no ampara la interrupción del embarazo más allá de las 14 semanas.
Los hechos tuvieron lugar a principios de diciembre de 2007. Agentes de la Policía Foral acudieron al Hospital Virgen del Camino por el aviso de un posible aborto provocado. Según explicó en el juicio uno de los policías, la acusada les contó que "estaba embarazada de un cliente de Andalucía, que vivía en casa de una prima y que no tenía trabajo", y que "se había tomado una medicación que le enviaron desde República Dominicana para abortar".
La juez indica en la sentencia que "el agente fue muy claro al señalar que la acusada admitió abiertamente que su intención era abortar, que por eso había pedido las pastillas, y que además las había mezclado y tomado en la forma que le habían indicado".
Además, un doctor del hospital manifestó que, sin poder determinar exactamente el tiempo de gestación, éste era superior a las doce y catorce semanas, aunque indicó que no podía determinar la razón del aborto. Igualmnte, explicó que ella les expuso que no era consciente de haber expulsado un feto, "cosa harto difícil tratándose de un feto de cerca de veinte semanas de gestación", expone la sentencia.
Por otra parte, la juez señala que la acusada, en su declaración ante la Policía Foral, "conociendo sus derechos y en presencia de letrado, expuso que había ingerido el fármaco, hecho que no niega en su declaración ante el Juzgado de Instrucción, indicando a los agentes que lo hizo intenconadamente".