madrid - "Se aconseja reconsiderar y retirar este anteproyecto que nos aleja de los países de nuestro entorno y que supone un retroceso en el avance de los derechos y la igualdad de la mujer", dice el informe.

Este documento, que aún es un borrador, fue elaborado por la progresista Pilar Sepúlveda, que, junto a la conservadora Carmen Llombart, recibió el encargo de redactar el dictamen que marcará el posicionamiento del Poder Judicial respecto de la reforma del aborto. El CGPJ aún no ha decidido, no obstante, si al pleno que estudiará la cuestión el próximo mes de marzo llegarán dos propuestas o si las vocales tendrán que consensuar un texto único.

El informe preliminar firmado por Sepúlveda dice que el anteproyecto "desconoce la evolución de la sociedad española al optar por dar una respuesta anacrónica criminalizadora y se encuentra anclado en una interpretación estática de la jurisprudencia constitucional sobre la base de lo sostenido en su día por el Tribunal Constitucional, pero sin advertir el carácter limitado de la misma". Por otra parte, recuerda que la normativa propuesta representa "un regreso a la situación de inseguridad jurídica y prácticas extralegales que generó la legislación de 1985 y además, contempla un régimen aún más restrictivo, en el que la libertad de la mujer embarazada y la ponderación entre sus derechos a la intimidad, la autodeterminación, la dignidad, la vida y la integridad, decaen de forma evidente". El informe señala que el anteproyecto contempla "la posición de la mujer como mero instrumento al servicio de la maternidad, necesitada de información y asesoramiento para decidir sobre su propia vida e intimidad y su integridad personal, sin tener en cuenta sus derechos fundamentales sino es en casos extremos y, aún más, después de haber sido asesorada". Además, el informe de Sepúlveda analiza todo el articulado del anteproyecto y se detiene en el pormenor de los supuestos despenalizados para el aborto que propone. Dice que contienen "conceptos indeterminados, en ocasiones imprecisos y valorables desde parámetros distintos del jurídico que merman la certeza y seguridad jurídica de la norma y dificultan la labor del intérprete y del aplicador de la ley", así como una redacción "redundante y retórica" dotada de "elementos innecesarios".

En relación al supuesto de riesgo para la salud psíquica de la madre por anomalía fetal incompatible con la vida, dice que ambas indicaciones se deben "desligar" ya que en estos casos "no existe contraposición de intereses entre los derechos de la embarazada y la protección del concebido" ya que "dada su inviabilidad", "no podría ostentar la condición de nasciturus". - E.P.