pamplona - “A mí no me importa que esté todo el tiempo que quiera con el niño, pero la custodia para mí” o “te voy a denunciar” son algunas de las frases más escuchadas en los juzgados que tratan los casos de conflictos familiares en los que se dirime la guarda, custodia y pensión de los hijos tras la ruptura de la convivencia entre sus progenitores.
Con el aumento de divorcios y separaciones (este año un 16,1% de divorcios contenciosos respecto a 2013 en Navarra) y ante la falta de avances en la legislación estatal, el Parlamento foral decretó en marzo de 2011 una ley para regular este tema, a partir de la que se ha incrementado el número de exparejas que acaba compartiendo la custodia de los hijos, según explicaron ayer Margarita Pérez-Salazar, magistrada del Juzgado de Familia de Pamplona; Pilar Cunchillos, abogada especialista en el ámbito familiar; y Juana Biezma, psicóloga del Juzgado de Familia de la capital navarra. De hecho, a la semana, de cada 15 o 20 casos que se tratan en Navarra, al menos tres o cuatro terminan con esta fórmula; es decir, uno de cada cinco.
Sin embargo, para las tres expertas en este ámbito judicial, “la custodia compartida está muy sobredimensionada y no siempre es la mejor opción”. “Es necesario estudiar las circunstancias de cada familia en particular. La ley en Aragón por ejemplo determina per sé la custodia compartida, y en cambio en Navarra se apuesta por un traje a medida de cada realidad social y particular, por averiguar cada situación concreta”, afirmó Cunchillos. Una fórmula que, en opinión de las expertas, es “muy positiva” ya que permite adaptar la ley a las condiciones especiales de cada caso. En el otro lado de la balanza, criticaron la falta de medios y de recursos de los que dispone el poder judicial, y solicitaron un mayor número de psicólogos (figura fundamental para realizar una evaluación en caso de separaciones conflictivas) y de juzgados especializados (sólo existen dos): “No se puede tener una demanda social tan alta y contar con los mismos medios que en 1981. Los conflictos de familia son distintos y se producen en mayor número que entonces”, apuntó la abogada.
En este sentido, tal y como expusieron, en algunos casos de divorcio o separación conflictiva, en los cuales una de las pruebas más valoradas por el juez es un informe psicológico y pericial, éste puede llegar a tardar entre 12 y 18 meses. “Es una demanda constante que tenemos desde hace muchos años, y una demanda también de la ciudadanía. Es necesario que se acopie de medios la ley que tenemos, para que no caiga en saco roto”, indicó Cunchillos.
el interés del menor Desde el punto de vista de la magistrada Pérez-Salazar existen algunos prejuicios sobre la terminología, de los que es necesario huir porque “el interés del menor es siempre lo fundamental”: “Es adecuado que muchas veces no se hable de custodia compartida o exclusiva, sino que el padre tendrá la custodia en tales momentos y la madre en tales otros, algo que curiosamente no gusta nada a los progenitores porque todavía los términos implican poder”.
Para evitar que el conflicto se convierta en una lucha de este tipo, además, a la hora de abordar un caso en el que no hay consenso se recurre al peritaje psicológico y se buscan las motivaciones e intereses reales de los padres. “¿Piensan los progenitores en el niño o en sus propios derechos? ¿Lo hacen para que la expareja no salga ganadora? Muchas veces da la sensación de que a nadie le importan los niños. Sé que esto no es cierto, pero da esa sensación”, argumentó la psicóloga Biezma.
Lo que debe primar, destacó, “es el derecho de los niños a crecer y ser cuidados por las personas con las que están vinculados emocionalmente, y el derecho de los niños a que los dos padres le cuiden pese a estar separados: el concepto de la coparentalidad”, sobre todo en edades tempranas. “De los 0 a 3 años es imprescindible prestar atención a la continuidad en las relaciones para mantener los vínculos afectivos y de apego, ya que está en juego la formación del tejido neuronal, que es la base para que el niño pueda después vincularse con otras personas con normalidad”, añadió.
mayor judicialización Pese a que el modelo que rija el cuidado de los hijos sea la custodia compartida, “las decisiones que superan la cotidianidad deben ser tomadas entre los dos padres”, matizó Pérez-Salazar. Esto, cada vez en un mayor número de ocasiones, provoca que los progenitores se dirijan a los tribunales en busca de una respuesta para cuestiones de este tipo, sobre todo en los casos en los que la separación o divorcio ha sido conflictiva. “La sociedad se ha judicializado. Antes no se iba a un juzgado a discutir si un niño debe hacer la Primera Comunión o no. Ahora hay muchas peticiones de este tipo”, comentó Cunchillos. “No son casos anecdóticos, y detrás de ellos siempre hay un niño que sufre”, precisó la magistrada, quien además hizo hincapié en el aumento de las revisiones del pago de pensiones y de los pocos casos de custodias que fracasan.
ley foral 3/2011
La más conveniente. La Ley Foral 3/2011, de 17 de marzo, sobre custodia de los hijos en los casos de ruptura de la convivencia de los padres, regula en su artículo 3 que el juez es quien decide sobre la modalidad de custodia más conveniente para el interés de los hijos menores. En otras normativas, como la de Aragón, se establece la custodia compartida como el régimen preferente.
Factores a valorar. A la hora de decidir, el Juez tiene en cuenta: la edad de los hijos, la relación existente entre los padres y la actitud entre ellos, el arraigo social y familiar de los hijos, la opinión de los hijos (siempre que tengan suficiente juicio y, en todo caso, si son mayores de 12 años, con especial consideración a los mayores de 14 años), la aptitud y voluntad de los progenitores, las posibilidades de conciliación de la vida familiar y laboral, los acuerdos y convenios previos (si existen) y cualquier otra circunstancia de especial relevancia para la convivencia.