pamplona - La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona, Inés Hualde, ha denegado recientemente el procesamiento de dos jóvenes de 31 y 33 años, vecinos de Burlada y Ansoáin, que estaban siendo investigados desde hace dos años cuando dos mujeres les denunciaron por una presunta agresión sexual en la que podían haber suministrado algún tipo de sustancia de sumisión química, como la burundanga, para anularles su voluntad y de este modo aprovecharse para abusar de ellas. Se da la circunstancia de que la misma magistrada ha sobreseído también una causa paralela a este asunto que se centraba en investigar si un agente de la Policía Nacional, perteneciente al grupo que investigaba la agresión sexual, pudo haber cometido un delito de revelación de secretos y desvelar a su cuñado, uno de los investigados, detalles de la investigación.

Más allá de ese presunto chivatazo, la decisión de la instructora sobre la pieza principal de violencia sexual, que ha sido recurrida por el abogado defensor de las jóvenes víctimas, José Luis Beaumont Aristu, ahonda en una instrucción sumamente compleja, insistiendo en que no se ha entregado al juzgado toda la información de los móviles de los investigados y en la que se han recabado múltiples indicios que hacen cuanto menos tambalear la resolución adoptada, que supone de facto el archivo de la causa.

Todo se remonta a la semana de puentes de diciembre de 2016 en Pamplona. Dos mujeres navarras, de entre 20 y 30 años, reseñaron entonces que habían salido juntas la noche del 8 por algunos bares del centro de Pamplona. En el propio auto, la magistrada afirma que las denunciantes coincidieron con los dos investigados, que se encontraban con un tercer amigo (agente de la Policía Foral) en un bar de la calle San Nicolás. No se conocían de nada anteriormente. En el local se tomaron un chupito, sobre las 2.00 horas, y desde ese momento hasta despertarse a las 12.00 horas del día siguiente en un piso de la periferia de Pamplona “no recuerdan nada de lo ocurrido”. Ambas mujeres aparecieron “desnudas y desorientadas en el domicilio” de uno de los investigados y en el que también se encontraba el otro encausado.

NUEVE HORAS INCONSCIENTES Según relata la propia jueza, a lo largo de esas horas, las dos jóvenes permanecieron en el bar junto con los dos investigados y el tercer amigo, quien en un momento dado se marchó a su domicilio. Durante este tiempo, “las denunciantes mantuvieron una actitud desinhibida, bailando y besándose con los investigados, si bien no recuerdan ni se reconocen en esa actitud”, tal y como declararon. Una de las chicas se encontró en el exterior del bar con un amigo con el que estuvo hablando, “sin recordar ella nada de ese encuentro” y recordando el chico que “la notó rara pero que al despedirse ella actuó normal”. Los investigados, junto a las dos denunciantes, se marcharon al domicilio de uno de ellos. Las jóvenes no tienen conciencia de ello y tampoco de haber mantenido relaciones sexuales con acceso carnal en el domicilio. Tras despertarse desnudas, una de ellas en el salón y la otra en el dormitorio, reclamaron que les pidieran un taxi ya que ellas no tenían batería en sus móviles. El taxista que las recogió apreció que “se encontraban aturdidas y desconcertadas”. El 11 de diciembre, tres días después de los hechos, una de las jóvenes sintió dolores en sus partes íntimas y acudió al servicio de Urgencias. Allí se le advirtió, por el relato que realizó, que podía haber sido víctima de una agresión sexual. Su amiga también manifestó que al regresar a su domicilio tenía el cuello lleno de marcas que se convirtieron en moratones en los días posteriores. También sufría una fisura en una costilla.

LOS WHATSAPPS incriminatorios CON OTRO AMIGO POLICÍA El mismo día 8 en el que ocurrieron los hechos denunciados, el tercer amigo de los investigados, el policía foral, preguntó en el chat de WhatssApp que comparten los tres sobre cómo había terminado la noche. Uno de ellos le contestó que “ya conocía la casa” de su amigo. “El resto es PPV (pay per view, pagar por ver). Añadiendo después el otro investigado la frase: “Les hemos cagado encima, no te digo más”. El 21 de diciembre, uno de ellos envió un whatsApp al mismo chat: “Ah, R..., que te quieres poner en forma para pegarle a la tía esa si vuelves a verla, no... La última vez te quedaste con las ganas y le diste por el culo y todo y ahora lo que quieres es reventarla a puñetazos, no? Te quieres poner en forma, para matarla...”.

la jueza dice que ellos no sabían de la inconsciencia de ellas Este relato, que no es de parte sino que es el contenido del auto judicial de archivo, no sirve a la jueza más que para denegar el procesamiento sobre los jóvenes de cualquier delito de abuso o agresión sexual, cuya diferencia como se sabe estriba en el uso de la fuerza o intimidación para doblegar la voluntad de la víctima. Resume la jueza que de lo actuado “no se han obtenido indicios suficientes” de que los encausados se aprovecharan de un estado de privación de sentido de las denunciantes, porque si bien “ellas manifiestan no recordar nada desde el mismo momento en el que se encuentran con los investigados, pero hablaban y se movían sin dificultad, como han declarado los testigos y se observa en las cámaras de seguridad”. “Todo ello aparentaba normalidad. Su estado desde ese momento es el habitual para quien ha ingerido sustancias tipo burundanga. Pero en este caso se desconoce quién habría podido suministrarles una sustancia de este tipo. No hay indicio de que fueran los investigados quienes lo hicieran”. La jueza llega a afimar en este punto que “los investigados no conocían de nada a las denunciantes por lo que el estado de desinhibición que presentaban en el bar y que no es reconocido por las denunciantes como propio no tenía porqué resultarles extraña a los investigados. Si no se conocían de antes no se puede saber si una forma de ser o de comportarse es la habitual, si responde a su carácter o forma de ser, o si por lo contrario obedece a una anulación de las facultades”.

La instructora concluye diciendo que “la falta de voluntad de las denunciantes a la hora de mantener estas relaciones es absolutamente creíble. No se aprecian motivos espurios en la denuncia. Añade que los comentarios “observados en las comunicaciones telefónicas son soeces, de mal gusto y reflejan el nulo respeto hacia las de-nunciantes pero en sí mismas no permiten constituir un indicio para procesarles por abuso sexual”.

LA DEFENSA COMBATE EL AUTO Si bien la resolución acaba de este modo, el letrado de las víctimas profundiza en su recurso en los múltiples indicios que, en su opinión, salpican el procedimiento en contra de los investigados. Estos son:

-Lo último que recuerdan ambas de la noche es estar hablando en el local con el tercer amigo de los investigados, policía foral. Y no recuerdan nada más hasta despertarse en el piso. No recuerdan siquiera estar hablando con los dos investigados. Si bien, una de las víctimas reconoce sin ambages a uno de los investigados en la rueda de reconocimiento porque “fue lo primero que vio al despertarse y se le quedó grabada su cara”.

-No puede haber motivos espurios en su denuncia para perjudicar a nadie porque desde el principio no quisieron denunciar nada porque, lisa y llanamente, no sabían lo que había ocurrido. La investigación policial se inició por el parte médico de urgencias de una de las afectadas.

-“En ningún caso prestaron consentimiento alguno de modo consciente a mantener relaciones sexuales con ambos”, dice el letrado de las perjudicadas. A una de ellas le vienen recuerdos de haberlas tenido con uno de ellos al lado de la mesa del salón. Sin embargo, los dos investigados, en sus declaraciones judiciales, “de modo llamativamente coincidente, afirmaron que sí las habían mantenido, con penetración y con consentimiento”.

- Una de las víctima recuerda “vagamente” haber escuchado gritos y lamentos de su amiga en el piso en el que se despertaron.

- Una de ellas, que se despierta en el salón, ve que, al salir su amiga semidesnuda de una habitación, presentaba numerosos moratones en el cuello que cuando habían salido por la noche no los tenía. Esta corroboró que al despertar presentaba dolor en el cuello y en la mandíbula y molestias en el costado. Uno de los investigados indicó cuando ellas se marchaban de la casa que “era la primera vez que hacía una cosa así”.

síntomas de víctimas de estos delitos Todos y cada uno de los síntomas que presentaban (no saber cómo llegaron al piso, la sensación de haberse producido actos sexuales, el dolor en las partes íntimas de una de ellas y los moratones y fisura costal en la otra, así como los síntomas de ambas de desinhibición, aturdimiento, amnesia, desorientación, alucinaciones, falta de coherencia al expresarse y sensación de fiebre “son plenamente coincidentes con los que se han descrito en la literatura especializada relativa a la utilización de sumisión o intoxicación química a víctimas de agresiones sexuales”. La sensación que tenían ambas era “de estar soñando despiertas” y que a lo largo de los días tuvieron alucinaciones y paranoias.

una pericial toxicológica denegada Sobre este tipo de cuestiones, el abogado de las afectadas solicitó una prueba pericial toxicológica al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses del Ministerio de Justicia que la jueza rechazó. Por ello, el abogado de las víctimas entiende que todos estos indicios conducen a entener que las dos mujeres fueron víctimas primero de una intoxicación química (para anular la libre voluntad de la persona) y, a continuación, persistiendo una prolongada situación la afectación de sus facultades, “víctimas también de violencia sexual”. Y en un contexto en el que “desde hacía muchas horas antes ellas dos solo estuvieron con los dos investigados y su tercer amigo”. “Solo pudieron ser ellos (nadie más había en la escena y en el momento de los hechos que pudiera tener el más mínimo interés en hacerlo) quienes intoxicaron a las dos chicas para anular su voluntad y llevárselas al piso de uno de ellos a someterlas para practicar sexo violentamente y sin consentimiento.

- Las conversaciones de WhatsApp entre los dos investigados y su amigo (al que también se tomó en su día declaración judicial como investigado) “revelan algunos detalles como haberlas cagado encima, lo que solo puede revelar la conciencia de los investigados de haberlas violado estando ellas en situación de inconsciencia o haberlo hecho utilizando la violencia, o ambas cosas a la vez”, alega el letrado de las afectadas.

EL AMIGO POLICÍA que OCULTA INFORMACIÓN El tercer amigo de los investigados, el policía foral que se marchó a casa antes de que cerraran el bar pero que es la última persona con quienes recuerdan las víctimas haber estado en el bar, “ocultó a la instructora del atestado la existencia de todas las conversaciones de WhatsApp con sus amigos, pese a su condición de funcionario público policial. Además, este, según el abogado de las víctimas, “faltó a la verdad en su declaración policial (ocultando datos significativos) ya que no fue el único que pidió consumiciones (también las pidió uno de los investigados).

El letrado de las víctimas también resalta el testimonio del amigo que se encontró fuera del bar con una de las víctimas. Aunque el auto se limita a reseñar que él “notó rara” a su amiga, también testificó que la vio “con la mirada perdida, con la mirada nerviosa”, “como ida”, “que le preguntó que si estaba bien y ella le dijo que no”, que ella “estaba como no consciente de lo que hacía, le decía que estaba mal pero no le concretó”. Manifestó que el 4 de enero se volvió a reunir con ella y que le dijo entonces que “no se acordaba de nada y ni siquiera de haber estado hablando con él”.

COMPATIBLES CON LA INTOXICACIÓN

Efectos de la burundanga. Los síntomas que describen las dos jóvenes de Pamplona que denunciaron haber podido ser víctimas de una agresión sexual con sumisión química son del todo compatibles con los efectos que se describen en las guías a tal efecto difundidas por el Ministerio de Justicia. La burundanga tiene entre sus componentes la escopolamina, un tóxico que se puede ingerir con líquidos, cigarrillos o sprays y que anula la voluntad de quien la toma. Las sustancias de este tipo se caracterizan por ser “insípidas, incoloras, inodoras, de acción rápida y que hagan efecto a dosis bajas”. Así generan efectos como la amnesia retrógrada, efectos alucinógenos y comportamientos deshinibidos. También en las revistas de medicina legal se cita entre otros efectos la confusión, la somnolencia y el habla pastosa (las víctimas tenían una sequedad muy fuerte en la boca y durmieron hasta altas horas). Las víctimas narraron estar incoscientes 9 horas.