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15 meses de prisión por extorsionar a un navarro con revelar que había entrado a una web de contactos

La Audiencia ha confirmado que el acusado fue el que recibió los 4.000 euros de la víctima tras amenazarle por teléfono

15 meses de prisión por extorsionar a un navarro con revelar que había entrado a una web de contactos

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha confirmado una condena de 15 meses de prisión y el pago de una indemnización de 4.000 euros a un vecino de Galicia que extorsionó por teléfono a un navarro que había accedido a una página web de contactos (destacamos.com) y estuvo chateando con unas mujeres por whatsapp. Después de que el denunciante entrara a dicha web y mantuviera conversaciones con mujeres que ofrecían servicios sexuales, el condenado se hizo pasar por el propietario del dominio web al que había accedido la víctima, le llamó por teléfono y le exigió el pago de diversas cantidades para que “dejara de molestar a las chicas, que estaban perdiendo el dinero”.

Además, el acusado, con la finalidad de atemorizar al denunciante, le advirtió que “si quería resolver el problema sin involucrar a la familia, tenía que realizar un pago de 1.000 euros en una cuenta bancaria de su titularidad. Los hechos ocurrieron en mayo de 2023. Después de ese primer pago, el acusado, u otra persona en connivencia con él, le advirtió de que tenía que ingresar otros 1.000 euros porque de lo contrario “le mandaría a los gitanos”, como amenaza, y al día siguiente le volvió a exigir otro pago de una cantidad similar. En total, el perjudicado transfirió al procesado la cantidad de 4.000 euros dado el temor infundido de que se atentaría contra su integridad física. Durante el juicio, y en el propio recurso, el acusado ha negado ser la persona que le llamaba, pero sí que fue sin embargo quien recibió el dinero y en lugar de devolverlo “se lo quedó para pagar las deudas”.

El Juzgado de lo Penal 3 de Pamplona condenó al acusado y este recurrió la sentencia, pero la Audiencia desestima la apelación y por tanto confirma los 15 meses de cárcel. En su recurso, la abogada del procesado planteó que el denunciante ni siquiera había podido identificar al acusado y que los números desde los que llamó no le pertenecían. Además, afirmaba que el único error de su cliente fue no devolver el dinero cuando le entraron inmediatamente en la cuenta. Actuó como si se hubiera encontrado un dinero en la calle y, en vez de entregarlo, lo cogiera y se lo quedase.

La Audiencia recuerda que los ingresos hechos por el denunciante de forma simultánea tras las llamadas recibidas, todos se realizaron en la misma cuenta corriente del acusado. Este conocía con inmediatez a las llamadas que los ingresos se producían en su cuenta. Nadie extorsiona facilitando una cuenta de un tercero y sin tener disponibilidad sobre el dinero así obtenido.