La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha condenado de conformidad a un vecino de Pamplona de 44 años, de origen venezolano, a un total de nueve años de prisión por un delito de posesión y difusión de material pornográfico. Además, se le impone una medida de libertad vigilada durante 10 años; y la pena de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo superior a 5 años al de la pena de prisión impuesta. La vista oral, prevista a finales de 2024, no se celebró debido al acuerdo mostrado por el acusado.

La Sala, en ejecución de sentencia deberá de pronunciarse sobre la expulsión, valorando el arraigo del penado, cuando este cumpla la parte de la pena que se hubiera determinado, acceda al tercer grado o se le conceda la libertad condicional.

349 archivos explícitos

En los hechos de la resolución resulta probado que agentes especializados de la Policía Nacional iniciaron una investigación como consecuencia del hallazgo en la aplicación MEGA, que ofrece servicios de almacenamiento en la nube, de un enlace con un total de 1,50 Gigabytes, con 349 archivos de vídeo y foto de carácter sexual explícito protagonizado por menores de edad, en ocasiones de gran dureza.

A partir de ahí se seleccionaron para su análisis diez archivos muy explícitos de carácter sexual protagonizados por niños y niñas menores de edad, ejecutando actos sexuales con adultos o entre ellos, así como representaciones de los genitales de los menores con la misma finalidad lúbrica.

Diversas plataformas

Una vez que se realizó la solicitud judicial, Mega buscó las cuentas que lo hubieran copiado, figurando entre ellas las del acusado, que copió a su Mega la totalidad de los archivos (vídeos) rastreados, bajo nombres muy explícitos de sexo con menores. Además, el acusado utilizó los servicios de múltiples plataformas como WhatsApp, Facebook y Google, para enviar a terceros y almacenar pornografía infantil.

Así, se recibió informe del NCMEC (Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados), donde se atestiguan por Whatsapp, el 18 de julio de 2020 el acusado haciendo uso de un número de teléfono a su nombre envió a un tercero no identificado un vídeo de pornografía infantil.

De igual manera se comunicó por parte de la red social Facebook, que el 24 de julio de 2020 el acusado recibió de un tercero 21 fotografías de explícito contenido sexual infantil, en las que niñas de unos 9-11 años muestran sus genitales a la cámara. Así mismo, en la misma red social se detectó el 1 de septiembre de 2020, al mismo usuario, es decir, al acusado, y aportó como datos de registro los terminales móviles de dos números de su propiedad y además la geolocalización de la ubicación de acceso a Internet realizando un intercambio con otro usuario de una fotografía de innegable carácter sexual.

Según el informe NCMEC, el 5 de agosto de 2020, WhatsApp informó de que el acusado, utilizando otro número de teléfono NUM006, envió a un tercero no identificado una foto sexual de una niña de unos 11 años. El 26 de marzo de 2021, Google informó de que quien resultó ser el acusado, subió a Google Drive,diez vídeos en que varias niñas y un niño de entre 6 y 11 años se exhiben sexualmente ante la cámara. Para ello, en su registro el acusado proporcionó dos correos electrónicos y cinco teléfonos móviles.