Era la sobremesa del 22 de septiembre de 2022 cuando el teléfono 112 de SOS Navarra recibió dos llamadas de usuario de la autovía A-12 que se mostraban sumamente inquietos por la presencia en la vía de un vehículo conducido por una mujer que “hacía eses, maniobras irregulares de adelantamiento y que iba de arcén a arcén”.

Uno de los alertantes manifestó que había pasado miedo en la carretera porque en el momento de proceder a adelantar a dicho vehículo había empezado a dar bandazos. Le tomaron la matrícula y facilitaron la descripción del coche tipo SUV en cuestión, así como de la conductora, que era joven e iba un poco agachada, hasta el punto de que los otros conductores pensaron que se había dormido. Se salió de la autovía a la altura de Viana y, a partir de ahí, la Policía Foral, con los datos que le habían sido facilitados, acudió al domicilio que tenía registrado de la propietaria del vehículo. Allí encontraron el turismo, con el motor caliente, como si hubiera sido recién aparcado, y la conductora aún dentro del mismo. Presentaba síntomas de embriaguez tales como habla repetititva, ojos rojos, lentitud y fuerte olor a alcohol y sometida a las pruebas de etilometría, la conductora arrojó el resultado de 0,95 y 0,89 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, en sendas pruebas realizadas a las 16.36 y 17.01 horas.

Dicha conductora ha sido condenada ahora por la Sección Primera de la Audiencia de Navarra a una pena de 1.920 euros de multa y a 20 meses de privación del permiso de conducir. La conductora recurrió la resolución condenatoria ante la Audiencia para pedir su absolución, justificando que ella no era la conductora de dicha marcha irregular y que, en realidad, el coche estaba siendo reparado por un amigo mecánico en su domicilio y que por ese motivo el turismo tenía el tubo de escape caliente y ella estaba en el interior mirando la documentación del vehículo. La tasa de alcohol justificó que se debía a que había bebido mucho en la comida, pero que no había conducido en tal estado.

Sin embargo, el recurso de la acusada termina siendo desestimado por el tribunal, debido fundamentalmente a que a los indicios recabados se suma que la procesado no declaró en el juzgado de instrucción y a que cuando los policías forales acudieron a su domicilio ella “reconoció en ese momento que había conducido el coche, mostrando su preocupación por las consecuencias que la comisión de un delito y las consiguientes decisiones judiciales podían tener en su vida”. La Sala estima que la prueba practicada lleva a concluir a la autoría de la acusada, por dichas manifestaciones inmediatas a los agentes al llegar a su casa, al hecho de que la encontraran dentro del vehículo con este recién usado y después de que la descripción ofrecida de la conductora y del coche en cuestión que circulaba de manera irregular por la autovía fueran coincidentes con ella y con su propio vehículo.