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El TS ratifica 5 años por abusar sexualmente de una amiga muy ebria en un piso de Tafalla

Los hechos ocurrieron en los puentes forales de 2020 y el TS no ve dudas de los indicios

El TS ratifica 5 años por abusar sexualmente de una amiga muy ebria en un piso de TafallaEFE

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 5 años de prisión impuesta en Navarra a un hombre que abusó sexualmente, en una vivienda de Tafalla, de una amiga que estaba en estado de embriaguez. Así, el procesado, de 36 años ahora y de nacionalidad nicaragüense, a quien en la condena se le aplicó la atenuante de embriaguez, deberá indemnizar con 20.000 euros a la víctima, a la que no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 9 años.

La Sección Segunda de la Audiencia dictó la primera resolución del caso, que luego fue confirmada por el TSJN y ahora por el Supremo. El encausado había alegado que la condena se sustentaba únicamente en la declaración de la víctima y la afección por alcohol que ella presentaba, que hacía que estuviera casi inconsciente. El Supremo desestima todas sus alegaciones. Entiende que los hechos tuvieron lugar hallándose dormida y en estado de ebriedad y somnolencia, que determinó su falta de conciencia e incapacidad para reaccionar. Además, se confirma la realidad del contundente estado de embriaguez de la denunciante.

Los hechos ocurrieron sobre las 20.00 horas del 7 de diciembre de 2020, la víctima quedó para tomar unas cervezas con una amiga y con el procesado. Una hora después, los tres decidieron comprar más cervezas e ir al domicilio de la denunciante, en donde se les unió un familiar del encausado. En la vivienda estuvieron los cuatro escuchando música y bebiendo hasta bien entrada la madrugada. Entre las 3.00 y las 4.00, la víctima se fue a su habitación a dormir, “ya que estaba cansada y ebria pues había consumido un número considerable de cervezas”. Se tumbó en la cama con la ropa puesta y entró, según consta en la sentencia, “en un estado de sueño y sopor”.

Mientras tanto, en el salón de la casa permanecieron los otros tres. Sobre las 4.00 horas, el inculpado se marchó, pero regresó poco tiempo después. Tocó el timbre, le abrió la amiga de la víctima, y se acostó en un sofá con una manta. Posteriormente, a sabiendas del estado de embriaguez en que se hallaba la denunciante cuando se había ido a dormir, se dirigió a la habitación de ésta, que se encontraba “profundamente dormida”, y perpetró el delito de abuso sexual con acceso carnal.

Cuando la víctima se despertó, consiguió quitárselo de encima de un fuerte empujón. Salió de la habitación y pidió ayuda. Estaba muy nerviosa, y llorando. Llamó a la Policía, ante lo cual el acusado se marchó rápidamente. En los análisis de sangre arrojó una tasa de alcohol 1,989 y 2,089 g/l., que se corresponde con síntomas como náuseas y vómitos, reducción de agudeza visual, visión borrosa y doble, deterioro grave del rendimiento psicomotor, somnolencia... “Con 2 g/l de alcoholemia se presenta una grave perturbación de las funciones psíquicas”, recoge el fallo.