Una sentencia anula una convocatoria de empleo de Berrioplano por incumplir el cupo de reserva para discapacidad
La resolución supone además la anulación de la decisión previa del TAN, que había respaldado la actuación del consistorio
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona ha estimado el recurso presentado por el sindicato CCOO de Navarra y ha anulado la convocatoria de empleo público realizada por el Ayuntamiento de Berrioplano para cubrir cuatro plazas de oficial administrativo, al concluir que vulneraba la normativa vigente en materia de acceso al empleo público de las personas con discapacidad.
La resolución judicial supone además la anulación de la decisión previa del Tribunal Administrativo de Navarra (TAN), que había respaldado la actuación del consistorio, según ha informado el sindicato en una nota.
RELEVANCIA
CCOO ha destacado "la relevancia de esta sentencia, incluso a nivel estatal, porque determina la obligación de reservar el cupo para personas con discapacidad en cada procedimiento selectivo concreto de empleo público y no sobre el conjunto de la oferta pública de empleo".
La organización sindical ha explicado que la sentencia tiene consecuencias "inmediatas". En primer lugar, anula íntegramente el proceso selectivo para las cuatro plazas de oficial administrativo convocadas por el Ayuntamiento de Berrioplano. En segundo lugar, obliga al consistorio a aprobar una nueva convocatoria que incluya expresamente la correspondiente reserva de plazas para personas con discapacidad. Además, el Juzgado ha condenado al Ayuntamiento al pago de las costas procesales.
Desde CCOO han valorado "muy positivamente" esta resolución, que "fortalece las garantías de igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público y envía un mensaje claro a todas las administraciones públicas navarras: el cumplimiento de las medidas de inclusión laboral de las personas con discapacidad no es una opción, sino una obligación legal".
EL ORIGEN DEL CONFLICTO
El origen del conflicto se remonta a la convocatoria incluida en la oferta pública de empleo de 2024, en la que el Ayuntamiento "no reservó ninguna plaza para personas con discapacidad", según ha explicado CCOO. Ante esta situación, el sindicato decidió acudir a los tribunales "al constatar que el Consistorio venía incumpliendo de forma reiterada, al menos desde 2020, la obligación legal de garantizar la reserva de plazas para este colectivo".
El Ayuntamiento defendía que el cálculo del 7% de reserva sobre el conjunto de la oferta pública de empleo arrojaba una cifra inferior a una plaza y que, por tanto, no estaba obligado a aplicar dicha reserva. Sin embargo, la sentencia rechaza esta interpretación. El juzgado, apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, concluye que la reserva legal debe aplicarse en cada procedimiento selectivo concreto y no sobre el conjunto de la oferta pública de empleo. De aceptarse la tesis municipal, señala la resolución, se otorgaría a las administraciones un margen de discrecionalidad incompatible con la finalidad de la norma y con el derecho a la igualdad efectiva de las personas con discapacidad.
Para CCOO, este pronunciamiento judicial constituye "un importante avance en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y refuerza el carácter obligatorio de las medidas de acción positiva destinadas a garantizar su acceso al empleo público".
El sindicato ha pedido a las administraciones públicas que "respeten la ley" y ha afirmado que seguirá "vigilando y defendiendo el cumplimiento efectivo de la normativa para garantizar una administración pública más justa, inclusiva y representativa de la diversidad de la sociedad navarra".