Desde febrero está en vigor una de las medidas más controvertidas incluidas en el Paquete legislativo de Movilidad aprobado por la Unión Europea en 2020. Se trata de la nueva obligación de que los camiones retornen a sus países de establecimiento cada ocho semanas como máximo.
Hay que tener en cuenta que la práctica desregulación del mercado de transporte en Europa existente hasta ahora, unido a los menores costes laborales y fiscales que se disfrutan en dichos países, ha fomentado el fenómeno de la “deslocalización administrativa”, de empresas de transporte, que durante la última década han ido trasladando su sede a dichos países del Este de Europea pero para poder continuar operando. Es lo que se ha denominado “empresas buzón”.
Así, en lo que se refiere a los vehículos objeto de aplicación de la norma, quedan excluidos los vehículos de motor o conjuntos de vehículos cuya masa en carga autorizada no supere las 2,5 toneladas, así como los vehículos utilizados por empresas que prestan servicios de transporte de viajeros por carretera exclusivamente con fines no comerciales, así como los vehículos a motor con una velocidad máxima autorizada no superior a 40 km/h.