El 15 de julio de 2020, el Parlamento Europeo y el Consejo modificaron el Reglamento (CE) nº561/2006 en lo que respecta a los requisitos mínimos sobre los tiempos de conducción máximos diarios y semanales, las pausas mínimas y los períodos de descanso diarios y semanales y el Reglamento (UE) nº165/2014 en lo que respecta al posicionamiento mediante tacógrafos. Esta modificación, bajo el nombre de Reglamento (UE) 2020/1054, supuso un gran cambio para el mundo automovilístico.
Una de las modificaciones de este Paquete de Movilidad es la regulación del nuevo tacógrafo inteligente de segunda generación, que permitirá registrar de forma más precisa la posición y labor que realizan los conductores profesionales a fin de poder controlar de forma más adecuada la nueva regulación prevista en el Paquete de Movilidad sobre deslocalización de conductores en transporte internacional, las nuevas limitaciones a las operaciones de cabotaje y otras medidas recogidas en el paquete normativo tendentes a garantizar una competencia más leal entre las empresas.
Como novedad, "desde el 2 de febrero de 2022 existe la obligación de que el conductor haga indicación manual de cruce de fronteras", destacan desde la empresa Tacoberri, antigua Electrotac XXI. No registrar en el tacógrafo el símbolo del país en el que entra el conductor después de cruzar una frontera de un Estado miembro se considerará una infracción leve por la normativa española de transportes por carretera, lo que supondrá una multa de 301€. Asimismo, Tacoberri señala la importancia de "mantener los dispositivos correctamente homologados".
Fechas para el cambio
El tacógrafo inteligente de segunda generación permitirá registrar el lugar donde se inicia y finaliza el trabajo diario, los cruces de fronteras, las labores de carga y descarga, así como el seguimiento de la conducción acumulada cada 3 horas. Dicho aparato será instalado en todos los vehículos de transporte nuevos una vez que la Comisión europea defina sus especificaciones técnicas. "Antes de agosto de 2023, los vehículos que se matriculen deben integrar los nuevos tacógrafos de 2ª generación", anotan desde Tacoberri.
Por otro lado, los vehículos que lleven instalado un tacógrafo analógico o digital no inteligente (anterior a 15 de junio de 2019) tendrán que instalar un tacógrafo de 2ª generación antes de diciembre de 2024. "También, los vehículos que lleven instalado un tacógrafo de 1ª generación deberán sustituirlo por el de 2ª antes de agosto de 2025", recalcan desde Tacoberri.
Por último, los vehículos ligeros entre 2.5 y 3.5 toneladas de MMA, que en la actualidad está exentos de ir provisto de tacógrafo, deberán instalarlo antes de julio de 2026 si realizan transporte internacional.